«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de la entidad "Schütz-Werke GmbH & CO. K. G.", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 6 de noviembre de 1989, confirmatoria en reposición de su previo acuerdo, de fecha 15 de septiembre de 1988, por la que se denegó el registro de la marca internacional número 475.399, "Fanatic" (gráfica), para las clases 12 y 25, al ser dichos actos recurridos ajustados a Derecho; sin hacer expresa condena respecto de las costas procesales causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de diciembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española del Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid