En cumplimiento de lo solicitado por la Sala Tercera de Tribunal Supremo (Sección Séptima) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales,
Esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo arriba referenciado, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras contra el Real Decreto 2393/1996, de 22 de noviembre, por el que se establecen las normas para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales del ente público Radio Televisión Española y de las sociedades estatales «Radio Nacional de España, Sociedad Anónima», y «Televisión Española, Sociedad Anónima».
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en la norma anteriormente citada, se emplaza a todas aquellas personas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de cinco días siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Madrid, 26 de diciembre de 1996.-El Subsecretario, Juan Junquera González.
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