En el recurso contencioso-administrativo número 866/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «José Sánchez Peñate, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de junio de 1992, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 7 de septiembre de 1993, se ha dictado, con fecha 12 de septiembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de osé Sánchez Peñate, Sociedad Anónima'', contra los acuerdos del Registro de la Propiedad Industrial y Oficina Española de Patentes y Marcas, antes expresados, los declaramos conformes a Derecho y absolvemos a la Administración de los pedimentos de la demanda; sin condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de diciembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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