Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-23431

Orden de 26 de septiembre de 1997 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «María Madre», de Burgos, por ampliación de enseñanzas.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 1997, páginas 31923 a 31924 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-23431

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de representación legal del «Arzobispado de Burgos», solicitando la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del Centro de Educación Secundaria «María Madre», sito en la avenida de los Reyes Católicos, sin número, de Burgos, para impartir el ciclo formativo de grado superior de Estética,

Este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «María Madre», sito en la avenida de los Reyes Católicos, sin número, de Burgos, por ampliación de enseñanzas, quedando configurado como a continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «María Madre».

Domicilio: Avenida de los Reyes Católicos, sin número.

Localidad: Burgos.

Municipio: Burgos.

Provincia: Burgos.

Titular: Arzobispado de Burgos.

Enseñanzas autorizadas en horario simultáneo:

A) Educación Secundaria Obligatoria

Capacidad.-Número de unidades: Cuatro. Número de puestos escolares: 120.

B) Bachillerato

Modalidades:

Ciencias de la Naturaleza y de la Salud:

Capacidad.-Número de unidades: Dos. Número de puestos escolares: 51.

Humanidades y Ciencias Sociales:

Capacidad.-Número de unidades: Dos. Número de puestos escolares: 52.

C) Ciclos formativos

Ciclo formativo de grado superior de Estética:

Capacidad.-Número de grupos: Uno. Número de puestos escolares: 30.

Segundo.-Teniendo en cuenta la duración de dos mil horas del ciclo formativo de grado superior de Estética, autorizar al centro para impartir dicho ciclo en doble turno, no pudiendo superarse la capacidad máxima del mismo en horario simultáneo, fijada en un grupo y 30 puestos escolares.

Tercero.-Provisionalmente, teniendo en cuenta que en el mismo recinto se encontraba autorizado un centro de Formación Profesional de primero y segundo grados, podrá impartir las enseñanzas que hasta la fecha tenía autorizadas, extinguiéndose progresivamente a medida que se produzca la implantación de las enseñanzas autorizadas definitivamente.

Cuarto.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Quinto.-En relación con el ciclo formativo de grado superior de Estética, el centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento que, previo informe de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, se comunicarán al mismo. Dicha circunstancia será comprobada por el Servicio de Inspección Técnica de Educación.

Sexto.-Antes del inicio de las actividades educativas, la Dirección Provincial del Departamento en Burgos, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el centro.

Séptimo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de septiembre de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid