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Documento BOE-A-1997-23441

Orden de 30 de septiembre de 1997 por la que se modifica la Orden de 6 de junio de 1996, por la que se autorizaba el centro de Educación Secundaria «Sagrado Corazón», de Logroño (La Rioja), autorizando la ampliación de enseñanzas para impartir el ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 1997, páginas 31928 a 31928 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-23441

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la entidad Compañía de Jesús, solicitando la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Sagrado Corazón», sito en la calle Huesca, 39, de Logroño (La Rioja), este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la Orden de 6 de junio de 1996 por la que se autorizaba el centro de Educación Secundaria «Sagrado Corazón», sito en la calle Huesca, 39, de Logroño (La Rioja), autorizando la ampliación de enseñanzas para impartir el ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas, quedando configurado como se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Sagrado Corazón».

Domicilio: Calle Huesca, 39.

Localidad: Logroño.

Municipio: Logroño.

Provincia: La Rioja.

Titular: Compañía de Jesús.

Enseñanzas autorizadas:

a) Educación Secundaria Obligatoria:

Capacidad: Número de unidades: 16. Número de puestos escolares: 480.

b) Bachillerato:

Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud:

Capacidad: Número de unidades: Cuatro. Número de puestos escolares: 140.

Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales:

Capacidad: Número de unidades: Dos. Número de Puestos escolares: 70.

Modalidad de Tecnología:

Capacidad: Número de unidades: Dos. Número de Puestos escolares: 70.

c) Ciclos formativos de grado superior:

Administración y Finanzas:

Capacidad: Número de unidades: Dos. Número de Puestos escolares: 60.

Segundo.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edifica ción NBE CPI/96, de Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-En relación con el ciclo formativo, el centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento que, previo informe de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, se comunicarán al mismo. Dicha circunstancia será comprobada por el Servicio de Inspección Técnica de Educación.

Cuarto.-Antes del inicio de actividades educativas la Dirección Provincial del Departamento en La Rioja, previo informe del Servicio de la Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el centro.

Quinto.-Teniendo en cuenta que en el mismo recinto escolar se ubicaba un centro de Formación Profesional de primer y segundo grados, se autoriza al centro para impartir provisionalmente las enseñanzas que hasta la fecha venía impartiendo.

Las enseñanzas de Formación Profesional de primer y segundo grados se extinguirán progresivamente a medida que se produzca la implantación de los correspondientes ciclos formativos de grados medio y superior.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de la notificación de la misma, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 30 de septiembre de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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