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Documento BOE-A-1997-23741

Resolución 197/1997, de 14 de octubre, del Estado Mayor de la Armada, sobre la delegación de la competencia en la concesión de los anticipos de pagas al personal militar destinado en unidades, centros y organismos de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 1997, páginas 32577 a 32577 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1997-23741
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/10/14/197

TEXTO ORIGINAL

La disposición cuarta de la Orden 92/1997, de 14 de mayo, por la que se regulan los anticipos de pagas en el Ministerio de Defensa, atribuye al Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada o autoridades delegadas la competencia en la concesión de los anticipos de pagas para el personal militar y civil dependiente del Ministerio de Defensa.

Por Resolución 65/1995, de 3 de mayo, del Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada, previa autorización del Secretario de Estado de la Administración Militar, se delegó la concesión de anticipos de paga del personal civil al servicio de la Administración Militar destinados en unidades, centros y organismos de la Armada, al Almirante Jefe de Personal de la Armada.

Por razones funcionales y dado que la concesión de los anticipos de paga tiene carácter de gestión, parece conveniente delegar también en el Almirante Jefe de Personal de la Armada la competencia para la concesión de estos anticipos al personal militar, por lo que en uso de las facultades conferidas y de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y con la aprobación del Ministro de Defensa, dispongo:

Primero.-Delego en el Almirante Jefe de Personal de la Armada la concesión de los anticipos de paga para el personal militar destinado en unidades, centros y organismos dependientes de la Armada, previa certificación de existencia de crédito por el órgano económico-financiero correspondiente.

Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia haciendo constar en la antefirma la expresión «por delegación», con cita de esta Resolución.

Tercero.-Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de octubre de 1997.-El Jefe del Estado Mayor de la Armada, Antonio Moreno Barberá.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/10/1997
  • Fecha de publicación: 07/11/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 08/11/1997
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Estado Mayor de la Armada
  • Ministerio de Defensa

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