Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-23818

Resolución de 21 de octubre de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio por el que se amplía el plazo de vigencia del suscrito con fecha 18 de octubre de 1995 entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, sobre la realización de un Programa denominado «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 1997, páginas 32638 a 32639 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-23818

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 16 de septiembre de 1997 Convenio entre el Instituto de la Juventud y la Generalidad de Cataluña, por el que se amplía el plazo de vigencia del suscrito con fecha 18 de octubre de 1995 entre el Ministerio de Asuntos Sociales y dicha Comunidad Autónoma, sobre la realización de un Programa denominado «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de octubre de 1997.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO

Convenio por el que se amplía el plazo de vigencia del suscrito con fecha 18 de octubre de 1995 entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña sobre la realización de un Programa denominado «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler»

Madrid, 16 de septiembre de 1997.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

Y, de otra parte, don Jordi Serra i Rovira, sin obligación de manifestar sus obligaciones personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

El ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, como Director general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 121, del 18), en nombre y representación de la Administración General del Estado-Instituto de la Juventud, por delegación del Gobierno de la Nación, según el Acuerdo de Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y por aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre.

Y don Jordi Serra i Rovira, como Secretario general de Juventud, nombrado por Decreto 102/1996, de 19 de marzo («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 2.187, del 27), en nombre y representación de la Generalidad de Cataluña, expresamente autorizado para la firma de este Convenio por Resolución del Consejero de Cultura de 6 de junio de 1997, que actúa de acuerdo con las facultades que le otorga el artícu lo 12.K) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y conve nir, y

EXPONEN

Que subsistiendo las circunstancias que determinaron la suscripción por las partes de un Convenio para el desarrollo del Programa expresado anteriormente, consideran necesario dar continuidad al mismo, para lo cual se amplía la posibilidad de prorrogar su vigencia a través de sucesivos protocolos.

Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de modificación, que se regirá por las siguientes

Cláusulas

Primera.-La estipulación 5.a del Convenio suscrito con fecha 18 de octubre de 1995, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 295, de fecha 11 de diciembre de 1995, queda redactado de la siguiente manera:

«El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y estará vigente mientras las partes, previo cumplimiento en cada caso de las exigencias del ordenamiento jurídico de obligado cumplimiento por las mismas, estimen necesaria la realización del Programa objeto del mismo. A tal fin, formalizarán anualmente, dentro del primer trimestre siguiente a la fecha de finalización del último período de vigencia de aquél, y siempre que lo permitan las dotaciones presupuestarias correspondientes, un Protocolo que establezca las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones respectivas.

Caso de no formalizarse el citado Protocolo, el presente Convenio quedará extinguido entre las partes al finalizar el plazo previsto en el párrafo anterior.»

Segunda.-Para el año 1997, la distribución pormenorizada de las aportaciones de cada una de las partes para este Programa serán las siguientes:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico 19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro multirriesgo-hogar hasta un máximo de 7.500.000 pesetas. La prima para cada una de las pólizas será de 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de caución hasta un máximo de 9.500.000 pesetas. La prima de cada una de las pólizas será, como máximo, el 3,5 por 100 de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los cursos de formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del Programa hasta un máximo de 7.875.000 pesetas.

Total de su aportación: 24.875.000 pesetas.

Esta cantidad es global para todas y cada una de las Comunidades Autónomas que estén incorporadas al Programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler». II. La Secretaría General de Juventud aportará la cantidad de 14.195.404 pesetas más la cesión de un local, para la ejecución del Programa.

La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a la partida 07.07.226.09/6, existiendo remanente suficiente del mismo para disponer del gasto.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto anteriormente, las partes firman el presente Convenio en el lugar y fechas expresados, en dos ejemplares que hacen fe.-Por el Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-Por la Generalidad de Cataluña, Jordi Serra i Rovira.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid