En el recurso contencioso-administrativo número 695/1990, referente al expediente de marca número 1.186.319/6, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Industrias Burmar, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de enero de 1989 y 5 de marzo de 1990, se ha dictado, con fecha 23 de mayo de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Javier Ungría López, en nombre y en representación de la entidad ndustrias Burmar, Sociedad Anónima'', contra la Resolución dictada por el Registro de la Propiedad Industrial de fecha 20 de enero de 1989, confirmada en reposición por Resolu- ción de fecha 5 de marzo de 1990, y, en consecuencia, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico, debiendo ser confirmadas.
No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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