En el recurso contencioso-administrativo número 335-90, referente al expediente de marca internacional número 501.120, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Sociètè Anonyme Airax, contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de mayo de 1988 y 3 de julio de 1989, se ha dictado, con fecha 7 de mayo de 1997 por el Tribunal Supremo en grado de apelación, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Se estima el recurso de apelación interpuesto por la Sociètè Anonyme Airax, contra la sentencia dictada con fecha 2 de noviembre de 1991, por la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había confirmado la denegación por el Registro de la Propiedad Industrial de la marca "Rayflex", declarando, en consecuencia, el derecho de la empresa recurrente al registro de la marca indicada. Todo ello sin costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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