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En el recurso contencioso-administrativo número 1.106/1989, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Tabacalera, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de mayo de 1987 y 5 de septiembre de 1988, se ha dictado, con fecha 19 de noviembre de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "Tabacalera, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 20 de mayo de 1987, que denegó la inscripción de la marca número 1.137.553 ucky Strike'', y contra la de 5 de septiembre de 1988, que desestimó la reposición, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las citadas Resoluciones. Sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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