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Documento BOE-A-1997-26004

Orden de 20 de noviembre de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 260/1994, promovido por doña María Teresa Atienza Mena.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1997, páginas 35770 a 35770 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-26004

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 21 de enero de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 260/1994, en el que son partes, de una, como demandante, doña María Teresa Atienza Mena, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 25 de febrero de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 27 de octubre de 1993, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Letrado don Alfonso Jiménez-Alfaro Mouradian, en nombre y representación de doña María Teresa Atienza Mena, contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), de Madrid, de fecha 27 de octubre de 1993, por la que se denegó a la actora el reintegro de gastos ocasionados por su internamiento en la clínica "La Luz", centro no concertado con ASISA, donde se le implantó un marcapasos, así como contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 25 de febrero de 1994, que desestimó el recurso ordinario deducido contra aquélla, debemos declarar y declaramos las citadas Resoluciones ajustadas a Derecho. Sin costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 20 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmo. Sr. Subsecretario e Ilma. Sra. Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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