En el recurso de apelación número 13.239/1991, interpuesto por la representación legal de don José María Maldonado Nausía, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 21 de enero de 1991, sobre adjudicación del concurso para suministro e instalación de transmisores de TV para el centro emisor de Soriguera, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Quinta), con fecha 30 de junio de 1997, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por don José María Maldonado Nausía contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 21 de enero de 1991 que se confirma sin expresa condena en las costas.»
En su virtud este Ministerio, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.
Madrid, 10 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.
Ilmos. Sres. Director general de Radio Televisión Española y Subsecretario del Departamento.
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