De conformidad con la Orden de 11 de junio de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de julio), del Ministerio de Educación y Cultura, por la que se convocaron subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, que favorezcan la participación política, una vez examinada la propuesta elaborada por la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, según dispone el apartado sexto de la referida Orden,
Este Ministerio, de acuerdo con lo preceptuado en el apartado séptimo de la convocatoria, ha resuelto:
Primero.-Desestimar las solicitudes de subvención que se relacionan en el anexo I de la presente Orden por concurrir alguna de las causas que a continuación se relacionan:
1. Presentar la solicitud fuera de plazo.
2. Presentar un proyecto que no responde a las actividades exigidas en la convocatoria o que no posee la calidad suficiente.
Segundo.-Conceder a las entidades que se relacionan en el anexo II las subvenciones cuyas cuantías igualmente se señalan en dicho anexo, cuyo importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.422K.480 del vigente presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Cultura.
Tercero.-1. De conformidad con lo previsto en el apartado decimotercero de la convocatoria, el importe de las subvenciones que se conceden por la presente Orden se hará efectivo anticipadamente a las correspondientes entidades privadas beneficiarias.
2. Previamente, éstas deberán constituir, a disposición de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, una garantía equivalente al 25 por 100 del importe de la subvención concedida. Dicha garantía habrá de constituirse en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, en cualquiera de las modalidades previstas en el Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 25), que aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, y con los requisitos establecidos en el mismo para dichas garantías, disponiendo para ello de un plazo máximo de quince días a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.-El importe de las subvenciones se destinará íntegramente a financiar el coste de la actividad para la que se solicitó su concesión.
Quinto.-1. A efectos de justificar la correcta utilización de la subvención concedida, las entidades beneficiarias deberán presentar, antes del 30 de junio de 1998, la documentación a que se hace referencia en el apartado noveno de la convocatoria, ante la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa.
2. La Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa realizará las comprobaciones que estime pertinentes para asegurar que los servicios se presten conforme a los proyectos presentados.
Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, previa la preceptiva comunicación a este Ministerio.
Madrid, 13 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 10 de octubre de 1997), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa.
ANEXO I
Causa
de exclusión / Provincia / Asociación
Asturias. / Asociación de Mujeres Asturianas. / Apartado 1.
Ávila. / Unión de Campesinos de Ávila, UCA. / Apartado 2.
Unión de Campesinos COAG, Proyecto «Cabezas de Alambre». / Apartado 2.
COAG, Proyecto «Las Berlanas». / Apartado 2.
COAG, Proyecto «Maello». / Apartado 2.
AMUCA, Proyecto «Santa María del Berrocal». / Apartado 2.
AMUCA, Proyecto «Cabezas de Villar». / Apartado 2.
Colectivo para el Desarrollo Rural. / Apartado 2.
Barcelona. / Asociación Renta Básica. / Apartado 2.
Burgos. / Asociación Fomento y Cultura de Adultos. / Apartado 2.
Córdoba. / Asociación pro Inmigrantes de Córdoba. / Apartado 2.
La Coruña. / Confederación Gallega de APAS. / Apartado 2.
Jaén. / Federación Provincial FAPA Los Olivos. / Apartado 2.
La Rioja. / Universidad Popular de Logroño. / Apartado 2.
Sevilla. / Taller Escuela Bartolomé Garelli. / Apartado 2.
Toledo. / Asociación Delegación Universitario de Form. Profesorado de EGB. / Apartado 2.
Valencia. / Centro de Recursos Just. Ramírez. / Apartado 1.
Madrid. / Parroquia Escuela de Adultos S. Federico. / Apartado 2.
Asociación de Renovación Pedagógica «Escuela Viva». / Apartado 2.
ANDE. / Apartado 2.
FAPA «Giner de los Ríos». / Apartado 2.
Fundación «Dolores Ibarruri». / Apartado 2.
Acción Educativa. / Apartado 2.
Fundación para la Form. de Altos Profesionales. / Apartado 2.
Asociación Nacional de Centros de Enseñanza (ANACEN). / Apartado 2.
Fundación «Cánovas del Castillo». / Apartado 2.
Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios. / Apartado 1.
Valladolid. / Fundación General de la Univ. de Valladolid. / Apartado 2.
Unión General de Trabajadores, Castilla-León. / Apartado 2.
Zaragoza. / Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos «Juan de Lanuza». / Apartado 2.
ANEXO II
Cantidad
-
Pesetas /
Provincia /
Asociación
Albacete. / Federación Provincial de APAS Albacete «Bachiller Carrasco». / 850.000
Asturias. / Fundación Melquiades Álvarez. / 1.600.000
Asociación de Mujeres ALDA. / 850.000
Ávila. / AMUCA, Asociación de Montaña Unión de Campesinos de Ávila, Hoyos del Espino. / 1.500.000
COAG, Asociación de Unión de Campesinos Blascomillán. / 1.500.000
Barcelona. / Fundación Ramón Trías Fargas. / 4.050.000
Murcia. / Federación de APAS de la Región de Murcia. / 850.000
Asociación Columbares. / 850.000
Palencia. / Escuelas Campesinas de Palencia. / 1.200.000
La Rioja. / CITE-Rioja. / 850.000
Madrid. / «Fundación Asistencia Mujeres». / 1.200.000
Centro de Animación Socio Cultural. / 1.200.000
Fundación «Jaime Vera». / 21.900.000
Asociación Candelita. / 1.200.000
Conf. Asoc. Vecinos Estado Español. / 1.200.000
Instituto de Formación Política. / 22.200.000
Unión General de Trabajadores, Madrid. / 1.200.000
Juventud Obrera Cristiana de España. / 1.200.000
Confederación Española de Asoc. de Madres y Padres y Alumnos (CEAPA). / 1.200.000
Fundación Investigaciones Marxistas. / 4.000.000
Delegación de Cultura Popular y Promoción de Adultos. / 850.000
Asociación Formación Social, AFS. / 2.000.000
Asociación para Disminuidos Psíquicos SER.1. / 850.000
Valladolid. / FECEAV, Federación de Colectivos de Educación de Adultos de Valladolid. / 850.000
Asociación Familiar «Rondilla». / 1.200.000
Colectivo para el Desarrollo Rural de Tierra de Campos. / 1.200.000
Zaragoza. / Federación de Asociaciones de Educ. de Adultos, FAEA. / 1.600.000
Centro Obrero de Formación (CODEF). / 850.000
Total / 80.000.000
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