En el recurso contencioso-administrativo número 157-90, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Laboratorios Liade, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de noviembre de 1988 y 20 de noviembre de 1989, se ha dictado, con fecha 15 de enero de 1992, por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso, interpuesto en nombre de aboratorios Liade, Sociedad Anónima'', contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de noviembre de 1988, que concedió el registro de la marca internacional número 504.403, denominada oflual'' para productos de la clase 5.a, y la del propio organismo de 20 de noviembre de 1989, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra aquélla. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de noviembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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