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Documento BOE-A-1997-2966

Resolución de 8 de enero de 1997, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de la Addenda al Convenio de cooperación entre el Ministerio de Fomento y la Generalidad de Cataluña para la remodelación de barrios de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1997, páginas 4417 a 4418 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-2966

TEXTO ORIGINAL

Suscrita, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento y la Generalidad de Cataluña, el día 19 de diciembre de 1996, una Addenda al Convenio de cooperación para la remodelación de barrios de Barcelona y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicha Addenda al Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 8 de enero de 1997.-El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

ADDENDA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE FOMENTO Y LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA LA REMODELACIÓN DE BARRIOS DE BARCELONA

En Madrid, a 19 de diciembre de 1996.

REUNIDOS

De una parte: El excelentísimo señor don Rafael Arias-Salgado Montalvo, Ministro de Fomento, que actúa de acuerdo con la delegación otorgada a su favor en la reunión del Consejo de Ministros de fecha 21 de julio de 1995.

De otra parte: El honorable señor don Artur Mas i Gavarro, Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña, en nombre y representación de la Consejería de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de la presente Addenda al Convenio y al efecto

EXPONEN

El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Generalidad de Cataluña firmaron el 12 de febrero de 1996 un Convenio para la remodelación de barrios de Barcelona.

En el citado Convenio se estableció que la aportación del Ministerio se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.431A.750.08 de los Presupuestos Generales del Estado. La citada aplicación presupuestaria amparaba la financiación de las actuaciones en el marco del Real Decreto 726/1993, que había sido derogado por el Real Decreto 2190/1995, de 28 de diciembre, para actuaciones en materia de vivienda y suelo, durante el período 1996-1999.

Recientemente, el Ministerio de Economía y Hacienda ha aprobado un nuevo concepto presupuestario, aplicación 17.09.431A.750.09, que permite la imputación correcta de los gastos derivados de estas actuaciones.

En su virtud, las Administraciones firmantes acuerdan modificar el Convenio de 12 de febrero de 1996, adecuándolo a la normativa vigente del plan 1996-1999, conforme se establece en el Real Decreto 2190/1995, de acuerdo con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Modificación de su estipulación primera, que quedará redactada de la siguiente forma.-El Ministerio de Fomento se compromete a aportar con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.431A.750.09, durante el ejercicio de 1996, y dentro del marco normativo del Real Decreto 2190/1995, de 28 de diciembre, un total de 900.000.000 de pesetas para la construcción de nuevas viviendas, mencionadas en el expositivo del Convenio de 12 de febrero de 1996, en concepto de subvención a fondo perdido, representando el 40 por 100 del coste total de las actuaciones para este ejercicio.

En ejercicios futuros se promoverá la continuidad de las actuaciones en función de las consignaciones que se establezcan presupuestariamente.

Segunda. Modificación de la estipulación segunda, que quedará redactada de la siguiente forma.-La Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Generalidad de Cataluña aportará el resto del coste de las actuaciones en el ejercicio de 1996, para la misma finalidad indicada en la estipulación primera, que alcanzará la cifra de 1.350.000.000 de pesetas, y se compromete a promover la continuidad de las actuaciones en dichos barrios, en los mismos términos que el Ministerio de Fomento.

Última.-Las restantes estipulaciones del Convenio de 12 de febrero de 1996, que no han sido objeto de modificación en el presente documento, permanecerán vigentes.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes lo firman en el lugar y fecha en su encabezamiento indicados.

El Ministro de Fomento, Rafael Árias-Salgado Montalvo.-El Consejero de Política Territorial y Obras Públicas, Artur Más i Gabarró.

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