Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-2967

Resolución de 13 de enero de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación del curso de supervivencia en la mar (primer nivel), a impartir por la Unidad Móvil de la empresa «Gestores de Protección Internacional, Sociedad Anónima» (GESPRO).

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1997, páginas 4418 a 4418 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-2967

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por don Régulo Burgos, en representación de la empresa «Gestores de Protección Internacional, Sociedad Anónima» (GESPRO), con domicilio en la calle Magallanes, número 25, quinto, de Madrid, en solicitud de homologación de su Unidad Móvil de Contraincendios, para impartir cursos de supervivencia en la mar, primer nivel.

Vistos los informes obrantes en el expediente, en los que consta que reúne las condiciones mínimas establecidas en la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de 6 de junio de 1990 («Boletín Oficial del Estado» número 146),

Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la Orden de 31 de julio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto), y en la Resolución de 6 de junio de 1990, ha resuelto:

Primero.-Prorrogar la homologación de los cursos de supervivencia en la mar, primer nivel, a impartir por la Unidad Móvil.

Segundo.-Sin perjuicio de esta homologación, la Subdirección General de Inspección Marítima supervisará cada uno de los cursos impartidos, para comprobar que el desarrollo de los mismos reúnen los niveles de calidad y profesionalidad adecuados. Para lo cual el centro notificará con quince días de antelación cada curso que pretenda realizar.

Tercero.-Al personal marítimo que supere dichos cursos le será extendido por esta Dirección General el oportuno certificado, que le permitirá el enrolamiento en cualquier clase de buque mercante o pesca. Dicha certificación se expedirá a la vista del certificado emitido por el centro de formación en el que se haga constar que el interesado ha recibido la formación teórico-práctica, establecida en la Orden de 31 de julio de 1992.

Sin perjuicio de ello, el centro remitirá a esta Dirección General de la Marina Mercante la relación del personal que haya superado cada curso.

Cuarto.-El personal que participe en los cursos deberá estar protegido por un seguro de accidentes materiales y corporales contratado por la Escuela de Formación Náutico-Pesquera.

Madrid, 13 de enero de 1997.-El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid