Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, La Coruña, con fecha 11 de julio de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 5.458/1994, promovido por «Moradiña, Sociedad Anónima», sobre multa por infracción en materia de pesca marítima; sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad oradiña, Sociedad Anónima'', contra Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 23 de diciembre de 1993, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra otra de la Dirección General de Recursos Pesqueros de 28 de junio del mismo año, por la que se sanciona al recurrente con una multa de 1.000.000 de pesetas; sin hacer especial condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 3 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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