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Documento BOE-A-1997-4962

Resolución 452/38206/1997, de 3 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se convocan plazas para acceso a la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 1997, páginas 7583 a 7595 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1997-4962

TEXTO ORIGINAL

Primero.-De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 292/1997, de 28 de febrero, por el que se aprueba la provisión de plazas para el ingreso en los centros docentes militares de formación y el acceso a militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales durante el año 1997, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, se convocan plazas para acceso a la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, en el número que resulte necesario para alcanzar 37.865 efectivos al 31 de diciembre de 1997.

Segundo.-El proceso de selección se regirá por las disposiciones siguientes:

Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 302, del 19), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.

Real Decreto 984/1992, de 31 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 209, de 31 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1410/1994, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 172, de 20 de julio), por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Militar.

Las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican como anexo a ella.

Tercero.-El Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar adoptará las disposiciones necesarias para llevar a cabo el proceso de selección, de acuerdo con las normas establecidas en estas bases.

Madrid, 3 de marzo de 1997.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.

ANEXO

Bases de la convocatoria

1. Objeto

Regular las pruebas selectivas por el sistema de concurso oposición, para cubrir plazas para el acceso a militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, distribuidas en tres incorporaciones para el Ejército de Tierra y Ejército del Aire, y dos incorporaciones para la Armada, a lo largo del año 1997. Para la primera incorporación la distribución de las plazas es la siguiente:

1.1 Ejército de Tierra:

1.1.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Cortos:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 1.496.

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Duración

compromiso

inicial

-

Años / Número

de plazas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Nombre / Localidad

5000 / Infantería / CG. Far, UINTFAR, CNBQ. 2, Madrid / 2 / 44 / BIP / Alcantarilla (Murcia) / 10

5001 / Transmisiones. / UTFAR. Madrid / 2 / 13 / BIP / Alcantarilla (Murcia) / 10

5006 / Infantería / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 / 249 / BIP / Alcantarilla (Murcia) / 10

5007 / Artillería / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 / 60 / BIP / Alcantarilla (Murcia) / 10

5008 / Ingenieros / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 / 35 / BIP / Alcantarilla (Murcia) / 10

5009 / Transmisiones. / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 / 35 / BIP / Alcantarilla (Murcia) / 10

5010 / Logística / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (2) / 2 / 70 / BIP / Alcantarilla (Murcia) / 10

5030 / Infantería / BRIMZ. XI Badajoz / 2 / 120 / CEFIVE / Alicante / 10

5031 / Artillería / BRIMZ. XI Badajoz / 2 / 15 / CEFIVE / Alicante / 10

5034 / Logística / BRIMZ. XI Badajoz / 2 / 15 / CEFIVE / Alicante / 10

5042 / Caballería / RCLAC. 14 Pozuelo de Alarcón (Madrid) / 2 / 26 / CEFIVE / Alicante / 10

5043 / Artillería / RACA. 11 Castrillo del Val (Burgos) / 2 / 49 / CEFIVE / Alicante / 10

5045 / Ingenieros / RING. 1 Castrillo del Val (Burgos) / 2 / 45 / CEFIVE / Alicante / 10

5046 / Transmisiones. / RT. 1 Castrillo del Val (Burgos) / 2 / 81 / CEFIVE / Alicante / 10

5047 / Logística / AGLD. 1 Castrillo del Val (Burgos) / 2 / 60 / CEFIVE / Alicante / 10

5069 / Infantería / BRCZM. I Huesca / 2 / 10 / BRCZM I / Pamplona / 10

5070 / Infantería / BRCZM. I Jaca/Huesca / 2 / 38 / BRCZM I / Pamplona / 10

5071 / Artillería / BRCZM. I Huesca / 2 / 20 / BRCZM I / Pamplona / 10

5073 / Transmisiones. / BRCZM. I Huesca / 2 / 32 / BRCZM I / Pamplona / 10

5074 / Logística / BRCZM. I Huesca / 2 / 30 / BRCZM I / Pamplona / 10

5075 / Infantería / BRCZM. I Huesca / 2 / 200 / BRCZM I / Pamplona / 10

5111 / Ingenieros / RPEI. 12 Zaragoza / 2 / 44 / CEFIVE / Alicante / 10

5122 / Artillería / RAAA. 82 Agoncillo (Logroño) / 2 / 51 / CEFIVE / Alicante / 10

5200 / Infantería / Guardia Real el Pardo (Madrid) (11) / 2 / 56 / Guardia Real . / A determinar / 10

5201 / Caballería / Guardia Real el Pardo (Madrid) (11) / 2 / 35 / Guardia Real . / A determinar / 10

5202 / Artillería / Guardia Real el Pardo (Madrid) (11) / 2 / 13 / Guardia Real . / A determinar / 10

5204 / Logística / Guardia Real el Pardo (Madrid) (11) / 2 / 50 / Guardia Real . / A determinar / 10

Total / 1.496

AGLD: Agrupación Logística Divisionaria.

BIP: Batallón de Instrucción Paracaidista.

BNBQ: Batallón NBQ.

BRCZM: Brigada de Montaña.

BRIMZ: Brigada de Infantería Mecanizada.

BRIPAC: Brigada Paracaidista.

CEFIVE: Centro de Formación.

CG: Cuartel General.

CNBQ: Compañía NBQ.

FAR: Fuerza de Acción Rápida.

RPEI: Regimiento de Pontoneros y Especialidades de Ingenieros.

GRINT: Grupo de Inteligencia.

RAAA: Regimiento de Artillería Antiárea.

RACA: Regimiento de Artillería de Campaña.

RCLAC: Regimiento de Caballería Ligero Acorazado.

RING: Regimiento de Ingenieros.

RT: Regimiento de Transmisiones.

UTFAR: Unidad de Transmisiones de la FAR.

UINTFAR: Unidad de Inteligencia de la FAR.

(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de la convocatoria.

(2) Destino que requiere realizar el curso de aptitud paracaidista.

(11) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y a 165 centímetros las mujeres.

1.1.2 Especialidades y plazas reservadas a los alumnos de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 2.d), del Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, siempre que finalicen su correspondiente plan de estudios.

Número de plazas: 472.

Centro de formación / Duración

formación

-

Semanas / Duración

compromiso

inicial

-

Años / Número

de plazas / Código / Especialidad / Destino durante

el compromiso inicial / Nombre / Localidad

5506 / Mecánica de Automoción / Unidades / 3 / 146 / IPE.1 / Madrid / 10

5507 / Mecánica de Carrocería y Soldadura / Unidades / 3 / 61 / IPE.1 / Madrid / 10

5508 / Hostelería y Alimentación / Unidades / 3 / 22 / IPE.1 / Madrid / 10

5509 / Mecánica de Helicópteros / Unidades / 3 / 15 / IPE.1 / Madrid / 10

5510 / Operador de Máquinas y Herramientas / Unidades / 3 / 7 / IPE.1 / Madrid / 10

5511 / Mecánica de Máquinas y Equipos / Unidades / 3 / 10 / IPE.1 / Madrid / 10

5512 / Artes Gráficas / Unidades / 3 / 13 / IPE.1 / Madrid / 10

5513 / Auxiliar de Administración y Gestión / Unidades / 3 / 34 / IPE.2 / Calatayud / 10

5514 / Electrónica de Radares y Armas / Unidades / 3 / 94 / IPE.2 / Calatayud / 10

5515 / Electrónica de Telecomunicaciones / Unidades / 3 / 70 / IPE.2 / Calatayud / 10

Total / 472

IPE: Instituto Politécnico del Ejército.

1.2 Armada:

1.2.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Cortos:

Infantería de Marina.

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 413.

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Duración

compromiso

inicial

-

Meses / Número

de plazas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Nombre / Localidad

6260 / Infantería / TEAR (1) / 18 / 364 / CEIM / Cartagena (Murcia) / 10

6360 / Infantería / Guardia Real (2) / 18 / 49 / Guardia Real / A determinar / 10

Total / 413

TEAR: Tercio de Armada, San Fernando (Cádiz) (1).

CEIM: Centro de Instrucción de Infantería de Marina.

----------

(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de la convocatoria.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y a 165 centímetros las mujeres.

1.2.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Largos:

Infantería de Marina.

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 19.

Centro de formación / Duración

formación

complementaria

-

Semanas / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Duración

compromiso

inicial

-

Años / Número

de plazas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Nombre / Localidad

6460 / Apoyo y Servicios (Música). / (a), (b), (c), (d), (e) / 3 / 19 / Agrupación de Infantería de Marina / Madrid / 10 / 26

Total / 19

(a) Tercio de Levante: Cartagena (Murcia). Clarinete: Dos plazas. Saxo tenor: Una plaza. Trompeta: Una plaza.

(b) Tercio del Norte: El Ferrol (La Coruña). Clarinete: Dos plazas. Saxo tenor: Una plaza. Trompeta: Una plaza.

(c) Tercio del Sur: San Fernando (Cádiz). Clarinete: Dos plazas. Saxo tenor: Una plaza. Trompeta: Una plaza.

(d) Agrupación de Madrid: Madrid. Clarinete: Dos plazas. Saxo tenor: Una plaza. Trompeta: Una plaza.

(e) Escuela Naval Militar: Marín (Pontevedra). Clarinete: Dos plazas. Saxo tenor: Una plaza.

Marinería.

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 660.

Centro de formación / Duración

formación

compl.

-

Semanas / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Duración

compromiso

inicial

-

Años / Número

de plazas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Nombre / Localidad

6501 / Maniobra y Navegación / (a), (b), (c), (d), (e) / 3 / 90 / Escuela y Est. Naval de La Graña / El Ferrol (La Coruña). / 10 / 26

6502 / Artíllería y Misiles / (a), (b), (c), (e) / 3 / 35 / Escuela de Tiro y Artillería Naval «Janer» / San Fernando (Cádiz). / 10 / 26

6503 / Dirección de Tiro / (a), (f) / 3 / 25 / Escuela de Tiro y Artillería Naval «Janer» / San Fernando (Cádiz). / 10 / 26

6504 / Armas Submarinas / (d), (e), (f) / 3 / 15 / Escuela de Armas / Cartagena (Murcia) / 10 / 26

6505 / Sonar / (d), (e), (f) / 3 / 20 / Escuela de Armas / Cartagena (Murcia) / 10 / 26

6506 / Sistemas Tácticos / (a), (f) / 3 / 40 / Escuela de Transmisiones y Electrónica / Vigo (Pontevedra) / 10 / 26

6507 / Comunicaciones / (a), (b), (c), (d), (e) / 3 / 60 / Escuela de Transmisiones y Electrónica / Vigo (Pontevedra) / 10 / 26

6508 / Electrónica / (a), (b), (c), (d), (e) / 3 / 20 / Escuela de Transmisiones y Electrónica / Vigo (Pontevedra) / 10 / 26

6509 / Electricidad / (a), (b), (c), (d), (e) / 3 / 70 / Escuela de Energía y Propulsión / El Ferrol (La Coruña). / 10 / 26

6510 / Mecánica, Instalaciones de Vapor / (g) / 3 / 35 / Escuela de Energía y Propulsión / El Ferrol (La Coruña). / 10 / 26

6511 / Mecánica, Instalaciones de Motores y Turbinas de Gas. / (a), (b), (c), (d), (e) / 3 / 100 / Escuela de Energía y Propulsión / El Ferrol (La Coruña). / 10 / 26

6512 / Administración / (a), (b), (c), (d), (e) / 3 / 60 / Escuela Aprovisionamiento y Servicios / El Ferrol (La Coruña). / 10 / 26

6513 / Hostelería y Alimentación / (a), (b), (c), (d), (e), (h) / 3 / 90 / Escuela Aprovisionamiento y Servicios / El Ferrol (La Coruña). / 10 / 26

Total / 660

(a) Buque: «Principe de Asturias» (Rota).

(b) Buque: «Juan Sebastian Elcano» (Cádiz).

(c) Buques: «Cartagena», «Ferrol», «Rota», «Las Palmas de Gran Canaria».

(d) Submarinos: «Cartagena» (*).

(e) Flotilla de Aeronaves: Rota (*).

(f) Buques: «Cartagena», «Ferrol», «Rota».

(g) Buques: «Ferrol», «Rota».

(h) Dependencias de tierra.

----------

(*) Los destinos a submarinos y flotilla de aeronaves se hallan sujetos a lo dispuesto en la base 11.2 de la convocatoria.

1.3 Ejército del Aire.

1.3.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Cortos:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 396.

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Duración

compromiso

inicial

-

Meses / Número

de plazas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Nombre / Localidad

7102 / Seguridad y Defensa / Guardia Real (2) El Pardo (Madrid) / 18 / 22 / Guardia Real / A determinar / 10

7112 / Apoyo (Banda Cornetas y Tambores) / Guardia Real (2) El Pardo (Madrid) / 18 / 2 / Guardia Real / A determinar / 10

7201 / Seguridad y Defensa / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 43 / ETESDA / Zaragoza / 10

7206 / Ofimática / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 40 / ETESDA / Zaragoza / 4

ESTAER / Torrejón (Madrid) / 6

7211 / Auxiliar de Automoción (Conductor) / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 53 / ETESDA / Zaragoza / 4

ESAUTO / Getafe (Madrid) / 6

7311 / Abastecimientos / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 26 / ETESDA / Zaragoza / 4

ESTAER / Torrejón (Madrid) / 6

7416 / Apoyo (Defensa NBQ y CI). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 100 / ETESDA / Zaragoza / 10

7436 / Apoyo (Cocinero) / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 49 / ETESDA / Zaragoza / 10

7446 / Apoyo (Saniario) / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 30 / ETESDA / Zaragoza / 4

Hospital Aire / Madrid / 6

7448 / Apoyo (Saniario) / EZAPAC (Murcia) (1) (3) / 18 / 3 / ETESDA / Zaragoza / 4

Hospital Aire / Madrid / 6

7456 / Apoyo (Banda de Cornetas y Tambores) / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 18 / 28 / ETESDA / Zaragoza / 4

GMACEN / Madrid / 6

Total / 396

Abreviaturas de Unidades:

ETESDA: Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo.

ESTAER: Escuela de Técnicas Aeronáuticas.

ESAUTO: Escuela de Automovilismo.

GMACEN: Grupo del Cuartel General del MACEN.

------------

(1) Esta especialidad requiere la realización del curso de Cazador Paracaidista a la finalización de la formacion elemental. La no superación de este curso supondrá la baja en esta Unidad y podrán ser destinados en vacante de esta especialidad a cualquier otra Unidad del Ejército del Aire.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y a 165 centímetros las mujeres.

(3) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de la convocatoria.

1.3.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de Trayectoria de Compromisos Largos:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 44

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Duración

compromiso

inicial

-

Años / Número

de plazas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Nombre / Localidad

7507 / Cartografía e Imagen / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 3 / 24 / ETESDA / Zaragoza / 4

CECAF / Madrid / 6

7508 / Mecánica de Automoción / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire / 3 / 17 / ETESDA / Zaragoza / 4

ESAUTO / Getafe (Madrid) / 6

7608 / Mecánica de Automoción / Guardia Real El Pardo (Madrid) (2) / 3 / 2 / ETESDA / Zaragoza / 4

ESAUTO / Getafe (Madrid) / 6

7708 / Mecánica de Automoción / EZAPRC Murcia (1) (3) / 3 / 1 / ETESDA / Zaragoza / 4

ESAUTO / Getafe (Madrid) / 6

Total / 44

Abreviaturas de Unidades:

ETESDA: Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo.

EZAPAC: Escuadrilla de Zapadores Paracaidistas.

CECAF: Centro de Cartografía e Imagen.

ESAUTO: Escuela de Automovilismo.

------------

(1) Esta especialidad requiere la realización del curso de Cazador Paracaidista a la finalización de la formacion elemental. La no superación de este curso supondrá la baja en esta Unidad y podrán ser destinados en vacante de esta especialidad a cualquier otra Unidad del Ejército del Aire.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y a 165 centímetros las mujeres.

(3) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de la convocatoria.

2. Condiciones para tomar parte en la convocatoria

Podrán optar a las plazas convocadas quienes cumplan las siguientes condiciones:

2.1 Generales:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años en la fecha límite de admisión de instancias en los centros de reclutamiento, y no cumplir ni haber cumplido veintiséis años en 1997.

c) Acreditar buena conducta ciudadana conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, de conducta ciudadana. Expedición de certificaciones e informes.

d) No estar privado de los derechos civiles.

e) No estar procesado por delito doloso o separado del servicio de las Administraciones Públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

f) No estar clasificado exento del servicio militar, excepto si han obtenido esta clasificación por mantener obligaciones familiares de carácter excepcional o como consecuencia de Convenios internacionales suscritos por España.

g) No tener adquirida la condición de objetor de conciencia, ni estar en trámite su adquisición.

h) No ser militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales con compromiso en vigor, o estar realizando el período de formación elemental para adquirir tal condición, ni haber sido nombrado alumno en alguna de las incorporaciones de esta convocatoria.

i) No haber causado baja como militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales como consecuencia de condena por delito o sanción disciplinaria por falta grave, en aplicación del artículo 14.1 de Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Adquisición y Pérdida de la Condición de Militar y de Situaciones Administrativas del Personal Militar Profesional.

2.2 Particulares:

a) Para los solicitantes de las plazas de especialidades de la modalidad de Trayectoria de Compromisos Largos, estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado u otro equivalente o superior.

b) Para los solicitantes de las plazas de especialidades de la modalidad de Trayectoria de Compromisos Cortos, estar en posesión, como mínimo, del Certificado de Escolaridad.

c) Los aspirantes para la Especialidad 6460, Apoyo y Servicios (Música), deberán tener superados los estudios correspondientes a tercer curso de Solfeo y haber realizado dos años de estudios en cualesquiera de los siguientes instrumentos: Clarinete, saxofón tenor o trompeta. Durante la segunda fase del proceso selectivo, deberán interpretar una obra de estudio a su elección, con un instrumento de su propiedad.

2.3 En cada incorporación se podrán solicitar hasta un máximo de dieciséis (16) especialidades de entre todas las ofrecidas, con independencia del Ejército al que pertenezcan.

2.4 Los alumnos de los institutos politécnicos del Ejército de Tierra podrán optar a las plazas especificadas en la base 1.1.2 reservadas, exclusivamente, para ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.2.d) del Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, siempre que finalicen su correspondiente plan de estudios.

3. Instancias

3.1 Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo del apéndice I.

3.2 Los aspirantes podrán presentar personalmente la instancia en su centro de reclutamiento debidamente documentada, o bien remitirla por correo certificado.

Los solicitantes que se encuentren realizando el servicio militar deberán presentar la instancia y documentación en su unidad de destino, cuyo Jefe las remitirá, diariamente, a los centros de reclutamiento de los que dependan los interesados.

Los centros de reclutamiento y las unidades, en su caso, devolverán al interesado una copia de la instancia, sellada y fechada, que servirá como justificante de haberla presentado.

No se admitirá ninguna instancia ni documentación adelantada por fax, télex, ni medio similar, excepto las de aquellos solicitantes que se encuentren fuera del territorio nacional.

Los alumnos de los institutos politécnicos que quieran optar a las plazas especificadas en la base 1.1.2, deberán presentar la instancia y la documentación en los respectivos institutos politécnicos, cuyo Jefe las remitirá a la Comisión permanente de selección.

3.3 La fecha límite de admisión de instancias y documentaciones, en los centros de reclutamiento, para cada una de las incorporaciones será la siguiente:

Primera incorporación: 7 de abril de 1997.

Para el resto de las incorporaciones de esta convocatoria, el plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las especialidades y plazas ofrecidas para cada incorporación.

3.4 Junto con la instancia, los aspirantes presentarán, en su centro de reclutamiento la siguiente documentación (ver apéndice II), que constituirá el expediente de admisión a las pruebas selectivas y que será válida para todas las incorporaciones solicitadas en esta convocatoria:

a) Dos fotografías iguales y de fecha reciente, tamaño carné, con nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad escritos al dorso.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad por ambas caras.

c) Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas que establece la base 2.2 de esta convocatoria.

d) Declaración de conducta ciudadana, complementaria de la certificación de antecedentes penales, según modelo del apéndice V.

e) Documento de designación de beneficiarios del seguro colectivo de vida y accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, según modelo del apéndice IV

f) Fotocopia compulsada de los documentos especificados en el apéndice III, acreditativos de los méritos alegados por el aspirante para ser valorados en la fase de concurso.

g) Para los que estén cumpliendo el servicio militar, certificado expedido por el Jefe de la unidad, en el que haga constar la fecha de ingreso en las Fuerzas Armadas y el empleo que en ese momento ostenta el aspirante, así como las posibles condecoraciones militares que tenga concedidas.

h) Para los que hayan cumplido el servicio militar, fotocopia compulsada de la cartilla militar, notificación de pase a la reserva del servicio militar o bien un certificado del centro de reclutamiento del que dependa el solicitante, con indicación del empleo alcanzado, condecoraciones obtenidas, y el tiempo permanecido en las Fuerzas Armadas.

i) Para los que hayan participado en misiones fuera del territorio nacional, durante un período de tiempo superior a tres meses, original o fotocopia compulsada del certificado de la unidad especificando la misión o misiones en las que ha participado y su duración.

j) Para aquéllos que en la actualidad forman parte de unidades o agrupaciones tácticas que realizan misiones, a las que se refiere el apartado i), certificado del Jefe de dicha unidad o agrupación acreditativo de que el solicitante forma parte de la misma.

k) Para los que hayan sido con anterioridad militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, certificado de pase a la reserva por finalización de compromiso, o fotocopia del «Boletín Oficial de Ministerio de Defensa» en el que se publique su baja en las Fuerzas Armadas.

l) Para los solicitantes de la especialidad 6460, Apoyo y Servicios (Música), acreditar, mediante fotocopia compulsada, que posee los estudios a que hace referencia la base 2.2.c).

Los documentos que lo precisen, podrán ser compulsados en los centros de reclutamiento o en la propia unidad de destino del solicitante.

3.5 La no presentación de alguno de los documentos, a que hacen referencia los apartados a), b), c) y d) de la base 3.4, antes de las fechas límite de admisión de instancias señaladas en la base 3.3, será causa de exclusión del proceso selectivo.

3.6 Para su valoración en la fase de concurso, deberá unirse, a la instancia, la documentación a que se hace referencia en los apartados f) al k) de la base 3.4.

3.7 Los centros de reclutamiento excluirán del proceso selectivo a aquellos aspirantes que no reúnan alguna de las condiciones, generales o particulares, a que se hace referencia en las bases 2.1 y 2.2 de esta convocatoria.

3.8 La aceptación de la instancia y documentación por los centros de reclutamiento supondrá la admisión, al proceso selectivo, de aquellos aspirantes que cumplan las condiciones establecidas en las bases 2.1 y 2.2.

3.9 Los centros de reclutamiento notificarán a los aspirantes admitidos el número de opositor, y el lugar, fecha y hora de realización de la prueba de evaluación personalizada. A los excluidos y excluidos condicionales, les informarán sobre las causas de su exclusión.

4. Proceso selectivo

4.1 El proceso selectivo constará de:

a) Fase de concurso: Consistirá en la valoración de los méritos académicos, profesionales y específicos de los aspirantes, de acuerdo con los baremos del apéndice III.

Los méritos específicos se valorarán, solamente, para la especialidad que se solicite en primer lugar, de las que se señalan en dicho apéndice. Para el resto de las especialidades solicitadas, la nota de concurso será igual a la suma de los méritos académicos más los profesionales.

La puntuación máxima de esta fase será de 10 puntos.

b) Fase de oposición:

1. Prueba de evaluación personalizada: Su realización se ajustará a lo establecido en la base 6.1 de esta convocatoria.

2. Prueba de personalidad, reconocimiento médico y prueba de aptitud física: Se desarrollarán en los centros de formación que para cada una de las especialidades se especifican en la base 1 de esta convocatoria, a la presentación de los aspirantes seleccionados, provisionalmente, y, en todo caso, con carácter previo a su nombramiento como alumnos, para el acceso a militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales.

4.2 El proceso de selección para los aspirantes procedentes de los institutos politécnicos del Ejército de Tierra, siempre que reúnan las condiciones especificadas en la base 2.4 y opten a las plazas reservadas para ellos, constará de las siguientes fases:

a) Fase de concurso: Se valorarán las calificaciones obtenidas por los alumnos al superar el plan de estudios desarrollados en el instituto politécnico, sirviendo esa calificación para establecer el orden de prelación de los aspirantes.

La puntuación máxima será de 10 puntos.

b) Fase de oposición: Se realizará en la segunda quincena de abril y constará de las siguientes pruebas: Prueba de evaluación personalizada que señala la base 6.1 de esta convocatoria.

Reconocimiento médico, según señala la base 7.3.

Aptitud física, de conformidad con lo establecido en la base 7.4.

4.3 Durante los viajes para la realización de las pruebas y los viajes de regreso a su lugar de residencia habitual o unidad de destino, los aspirantes estarán acogidos al seguro colectivo de vida y accidentes, suscrito por el Ministerio de Defensa.

5. Órganos de selección

5.1 Para el desarrollo y calificación de la fase de concurso y la fase de oposición, el Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar nombrará una Comisión permanente de selección, cuya composición y funcionamiento se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.

5.2 Dependiente de la Comisión permanente, se constituirá una Secretaría, compuesta por el personal necesario para la realización del proceso de selección.

5.3 Los órganos de selección tendrán la categoría que corresponda de acuerdo con la legislación vigente.

5.4 Corresponde a la Comisión permanente de selección realizar las siguientes actividades:

La calificación definitiva de la fase de concurso, de acuerdo con las puntuaciones y valoraciones de los méritos establecidos en el apéndice III.

La calificación definitiva de la fase de oposición.

El cálculo de la calificación final obtenida por cada aspirante.

Determinar los aspirantes que pasarán a la segunda fase del proceso selectivo como seleccionados provisionalmente para cada especialidad.

La asignación definitiva del número de plazas convocadas entre los seleccionados provisionalmente de cada especialidad.

Resolver los recursos que los aspirantes seleccionados provisionalmente puedan presentar contra la calificación de «no apto» en la prueba de reconocimiento médico.

6. Desarrollo del proceso selectivo. Primera parte de la fase de oposicion

6.1. A medida que se vayan presentando las instancias, se realizará la prueba de evaluación personalizada en los centros de reclutamiento, que comunicarán con antelación suficiente a cada uno de los aspirantes, el día y hora en que deberán presentarse para la realización de dicha prueba.

La no presentación en el lugar, día y hora indicados, será causa de exclusión del proceso selectivo.

Los que se encuentren cumpliendo el servicio militar serán citados para realizar la prueba por el centro de reclutamiento de la provincia donde radique su unidad, una vez que el centro de reclutamiento del que depende el aspirante les haya comunicado su admisión a las pruebas selectivas. Este último centro deberá, así mismo, valorar los méritos de los aspirantes que deben ser tenidos en cuenta en la fase de concurso.

En esta prueba se evaluará la capacidad de los aspirantes para obtener el rendimiento académico y profesional militar requerido, mediante pruebas que midan, especialmente, factores intelectuales y aptitudinales. La aplicación de estas pruebas la realizarán personal psicólogo perteneciente al Servicio de Psicología de las Fuerzas Armadas.

La calificación de la prueba será de cero a diez puntos.

6.2 Una vez realizada la prueba de evaluación personalizada por todos los aspirantes admitidos, se obtendrá la valoración de esta primera parte, que será el resultado de la suma de la puntuación de concurso, más la nota de oposición multiplicada por cuatro, dividido todo por cinco. Estas calificaciones se ordenarán de mayor a menor. Este orden y las preferencias manifestadas por cada uno de los aspirantes y el número de plazas convocadas en las distintas especialidades, más un 15 por 100 de suplentes en cada especialidad, determinará los aspirantes que pasarán a la segunda parte del proceso selectivo como seleccionados provisionalmente para cada especialidad.

6.3 Los aspirantes podrán ser requeridos, en cualquier momento, por el personal responsable de controlar la prueba, para que acrediten su identidad por medio del documento nacional de identidad.

6.4 La relación de aspirantes seleccionados provisionalmente para cada especialidad, se obtendrá por el procedimiento descrito en la base 6.2. Estas relaciones serán remitidas por la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar a los Mandos de Personal de los Ejércitos, así como a los respectivos centros de reclutamiento, para su exposición pública.

6.5 En caso de igualdad en la calificación final, la asignación de plazas se resolverá según el orden de prelación siguiente:

a) Mayor puntuación en la fase de concurso.

b) Mayor puntuación en la fase de oposición.

c) Mayor edad.

d) Número de documento nacional de identidad menor.

7. Desarrollo del proceso selectivo. Segunda parte de la fase de oposicion

7.1 Los aspirantes seleccionados provisionalmente efectuarán su presentación en el centro de formación o uidad correspondiente, en las siguientes fechas:

Primera incorporación: 19 de mayo de 1997.

Para el resto de las incorporaciones de la convocatoria, la fecha de presentación se publicará, oportunamente, junto con las especialidades y plazas a convocar para cada una de ellas.

Para su presentación, los aspirantes dispondrán de pasaporte oficial, emitido por los respectivos centros de reclutamiento, y a cargo de cada Ejército.

Los que se encuentren realizando el servicio militar serán pasaportados por sus respectivas unidades.

Si algún aspirante no efectuase su presentación en el lugar, fecha y hora indicada, se entenderá que renuncia a sus derechos y será eliminado del proceso selectivo.

7.2 Una vez incorporados al centro de formación todos los seleccionados provisionalmente deberán pasar una prueba de personalidad y, en su caso, las entrevistas necesarias para determinar su perfil psicológico.

7.3 A continuación, deberán superar el reconocimiento médico, conforme al cuadro médico de exclusiones aprobado por Orden 42/1994, de 13 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 92).

La calificación de esta prueba será de apto o no apto.

Los que resulten no aptos, causarán baja en el proceso selectivo. Esta baja será efectiva a las veinticuatro horas de la comunicación de dicha calificación.

La calificación de no apto no tendrá carácter vinculante para la realización, en su caso, del servicio militar. Así mismo, podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente de la Comisión permanente de selección, en el plazo máximo de tres días, a partir del siguiente al de comunicación de la citada calificación. Dicha solicitud se cursará en el centro de formación, preferentemente, o a través del centro de reclutamiento del interesado.

El Presidente de la Comisión permanente de selección dispondrá la comparecencia del interesado ante el Tribunal médico militar de apelación correspondiente, siendo pasaportado por su centro de reclutamiento. Aquéllos que se encuentren cumpliendo el servicio militar serán pasaportados por la propia unidad y con cargo a su Ejército.

Recibido el dictamen médico, el fallo del Presidente de la Comisión permanente de selección será definitivo y deberá ser comunicado al interesado.

Aquéllos que resulten declarados aptos por el Tribunal médico militar de apelación y hubieran obtenido una nota final suficiente para ocupar una plaza en la especialidad para la que fueron seleccionados provisionalmente, se incorporarán, al centro de formación correspondiente, en la primera incorporación en la que haya plazas para dicha especialidad, o, en su caso, en la incorporacion más próxima a la declaración de apto, en caso de aceptar otra especialidad que se le oferte. En ambos casos, deberán superar las pruebas físicas a que hace referencia la base siguiente.

7.4 Los calificados aptos en el reconocimiento médico, deberán superar las pruebas de aptitud física que determina la Orden 42/1994, de 13 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 92).

La calificación de esta prueba será de apto o no apto.

Los que no superen dichas pruebas causarán baja en el proceso selectivo. Esta baja será efectiva a las veinticuatro horas de la comunicación de dicha calificación.

7.5 Los centros de formación comunicarán, a la Comisión permanente de selección, los resultados de la prueba de personalidad, del reconocimiento médico y de la prueba de aptitud física.

7.6 Los aspirantes seleccionados provisionalmente estarán acogidos al seguro colectivo de vida y accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, durante el desarrollo de esta fase, incluyendo los traslados necesarios para su realización.

También disfrutarán de este seguro, aquéllos que tengan que comparecer ante el Tribunal médico militar de apelación, en los mismos términos que en el párrafo anterior.

7.7 Durante esta segunda parte, los aspirantes seleccionados provisionalmente dispondrán de alojamiento y manutención, que será gestionado y a cargo de los respectivos Ejércitos, desde la noche anterior al día de comienzo de las pruebas, y su permanencia en el centro de formación se ajustará a las normas de régimen interno, dictadas por el Mando correspondiente. El incumplimiento de dichas normas, por parte de los mismos, podrá suponer la exclusión inmediata del mencionado proceso.

7.8 Por el Mando de Personal de cada Ejército, se adoptarán las disposiciones necesarias para el desarrollo de ésta segunda parte de la fase de oposición del proceso selectivo.

8. Documentación

8.1 Los aspirantes que resulten seleccionados provisionalmente, al efectuar su presentación en el centro de formación deberán entregar el certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes o resguardo justificativo de haberlo solicitado.

8.2 Quienes no presentasen el certificado o reguardo citado en la base anterior, salvo caso de fuerza mayor, o si del examen de la documentación presentada se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, causarán baja en la relación de aspirantes seleccionados provisionalmente, sin perjuicio de exigirles las posibles responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

9. Nombramiento y formación

9.1 Una vez superadas las pruebas citadas en las bases 7.2, 7.3 y 7.4, se procederá, por la Comisión permanente de selección, a la asignación definitiva de plazas, de acuerdo con la puntuación obtenida, conforme a lo establecido en la base 6.2, entre los aspirantes seleccionados provisionalmente en cada especialidad, hasta completar el número de plazas convocadas en cada una de ellas.

A continuación, los aspirantes seleccionados iniciarán el período de formación elemental, debiendo firmar la notificación de incorporación a las Fuerzas Armadas, según modelo aprobado por Resolución 451/39137/1993, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 268), en cuyo momento adquirirán la condición militar, y serán nombrados alumnos de las correspondientes especialidades para el acceso a militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, por Resolución del Subsecretario de Defensa, publicada en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa».

9.2 No se podrá declarar admitido para iniciar como alumno el período de formación elemental, un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. En el caso de que en alguna especialidad queden plazas sin cubrir, se podrán acumular a las de otra especialidad del mismo Ejército, con independencia de la modalidad de trayectoria.

9.3 Los alumnos procedentes de los institutos politécnicos del Ejército de Tierra, iniciarán el día 5 de mayo, en los propios institutos, la fase básica de formación militar, finalizada la cual se les darán por superados los períodos de formación elemental y complementaria que fija el Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas.

La citada fase básica de formación militar deberá incluir, en su programación, los conocimientos necesarios que capaciten para el desempeño de los cometidos de Cabo profesional.

Los que resulten aptos, en la fase básica de formación militar, y tras la firma del compromiso inicial, serán nombrados militares de empleo de la categoría de tropa profesional, por Resolución del Subsecretario de Defensa, publicada en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa». Podrán ascender al empleo de Cabo profesional, a tenor de lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del citado Real Decreto 984/1992.

9.4 Superado el período de formación elemental y tras la firma del compromiso inicial, los alumnos serán nombrados soldados o marineros profesionales, y adquirirán la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales por nombramiento del Subsecretario de Defensa, mediante Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa».

9.5 En aplicación del artículo 9.2 del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, los alumnos que no superen este período de formación elemental, podrán solicitar su repetición, por una única vez, dentro de la misma especialidad, durante el plazo máximo de un año o, también, se les podrá asignar, previa su conformidad, aquella otra especialidad que mejor se adapte a sus capacidades personales. Durante el tiempo que transcurra, desde que finalicen el primer período de formación elemental hasta su incorporación al siguiente, perderán la condición militar, si no la tuvieran adquirida, con anterioridad, por estar cumpliendo el servicio militar.

Como excepción, los alumnos que causen baja por lesión o enfermedad, perderán la condición militar, excepto si eran militares de reemplazo, reservándoles el derecho de repetición del citado período durante el tiempo máximo de dos años a contar desde que sea efectiva la baja.

9.6 Los que soliciten la baja, a petición propia, por motivos justificados de interés particular, deberán firmar el modelo de comunicación de baja aprobado por Resolución 451/39136/1993, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 268), de la Secretaría de Estado de Administración Militar, no pudiendo solicitar su participación en las siguientes incorporaciones de la presente convocatoria.

La baja, y la consiguiente pérdida de la condición militar, será efectiva a las veinticuatro horas desde la presentación de dicha comunicación.

9.7 Aquéllos que causen baja por cualquier motivo y estuvieran realizando el servicio militar, se incorporarán a su unidad de procedencia al hacerse efectiva la baja, siendo pasaportados por el centro de formación.

10. Compromiso inicial

El compromiso inicial se formalizará mediante el modelo de impreso aprobado por Orden número 95/1992, de 14 de diciembre (Boletín Oficial del Ministerio de Defensa n.º 246, de 17 de diciembre).

11. Destinos

11.1 Como norma general los soldados o marineros profesionales y los Cabos profesionales permanecerán en la unidad de destino que se les asigne al firmar el compromiso inicial.

11.2 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del reglamento de tropa y marinería profesionales de las Fuerzas Armadas, el personal femenino podrá optar a todos los destinos de su empleo militar, excepto los de tipo táctico u operativo en Unidades de La Legión, de operaciones especiales, paracaidistas y cazadores paracaidistas. Tampoco podrán formar parte de las fuerzas de desembarco, de las dotaciones de submarinos, ni de buques menores en los que sus condiciones estructurales no permitan el alojamiento en condiciones adecuadas.

12. Retribuciones

Las retribuciones a percibir por los militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, serán las que determina el reglamento general de retribuciones del tersonal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1494/1991, de 11 de octubre y modificado, parcialmente, por el Real Decreto 2/1994, de 14 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 13).

13. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación de los órganos de selección, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» número 285, del 27), ante el Subsecretario de Defensa (Subdirección General de Recursos e Información Administrativa, Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, número 109, 28071 Madrid).

(APÉNDICE I OMITIDO)

APÉNDICE II

Documentación que se acompaña

i / Dos fotografías iguales.

i / Fotocopia del DNI por ambas caras.

i / Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas que acompaña a la instancia.

i / Declaración de conducta ciudadana.

i / Documento de designación de beneficiarios.

i / Certificado del Jefe de la unidad (para los que estén cumpliendo el Servicio Militar).

i / Certificado de haber participado o estar participando en misiones fuera del territorio nacional.

i / Fotocopia compulsada de la cartilla militar o notificación de pase a la reserva del servicio militar (1).

i / Fotocopia compulsada de la notificación de baja (2).

i / Fotocopia compulsada de los estudios a que hace referencia la base 2.2.c) (para los solicitantes de las especialidades con aptitud de música).

Marcar con un aspa (X) la documentación relacionada en la base 3.4, que se presenta junto con la instancia de solicitud.

----------

(1) Para los que hayan sido con anterioridad militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales o hayan sido Alféreces de SEFOCMA o militares de Reemplazo.

(2) Para los que hayan sido con anterioridad militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales y hayan causado baja antes de la finalización del último compromiso.

APÉNDICE III

Baremo fase de concurso

Méritos profesionales

Personal que ha pertenecido o pertenece en la actualidad a las Fuerzas Armadas:

Puntos

Alférez SEFOCMA / 5

Cabo Primero profesional / 6

Cabo Primero de reemplazo o Cabo profesional / 4

Cabo de reemplazo, soldado o marinero profesional y Guardia Civil Auxiliar / 2

Soldado o marinero de reemplazo / 1

Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Armadas / 1

Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional, superior a tres meses / 2

Por estar participando en una misión fuera del territorio nacional / 2

Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico / 4

Mención Honorífica / 1

Méritos académicos

Estar en posesión del documento acreditativo de:

Título FP-3, COU o superior / 4

Título de FP-2 o BUP / 3

Título de FP-1 / 2

Graduado Escolar / 1

Sólo se valorará la titulación superior que posea el aspirante debidamente legalizada o compulsada.

Méritos específicos

Por cada curso completo de Formación Profesional en la rama y especialidades que a continuación se indican 1 punto.

Especialidades / Méritos específicos

Mecánica de Armas. / FP rama Metal.

Artillería y misiles. Armas Submarinas. / FP rama Metal. Especialidades: Mecánica de armas. Automatismos neumáticos y oleohidráulicos.

FP rama Química. Especialidades: Químico artificiero.

Montaje e instalaciones eléctricas. Electricidad. Dirección de tiro, sonar y electrónica. / FP rama Electricidad y Electrónica. Especialidades: Electricidad, electrónica.

FP rama Automoción. Especialidades: Electricidad del automóvil.

Operador de equipos de telecomunicaciones. Mecánica de equipos de telecomunicaciones. / FP rama Electricidad y Electrónica. Especialidades: Electrónica.

Óptica. / FP rama Metal. Especialidades: Óptica.

Mecánica de automoción. / FP rama Automoción. Especialidades: Mecánica del automóvil.

Mantenimiento de aeronaves. / FP rama Automoción. Especialidades: Mecánica (aeronaves).

Cartografía e imagen. / FP rama de Artes Gráficas. Especialidades: Reproducción fotomecánica.

FP rama de Imagen y Sonido.

Mantenimiento textil y de la piel. / FP rama de la Piel. Especialidades: Profesión preparado-aparado.

Abastecimiento y almacenes. Administración. / FP rama Administrativa y Comercial.

Maniobra y navegación. / FP rama Marítimo-Pesquera. Especialidades: Puente y cubierta de pesca. Puente y cubierta mercante. Navegación de cabotaje.

Comunicaciones. / FP rama Marítimo Pesquera. Especialidades: Radio. Radiotelefonía naval.

Mecánica de instalaciones a vapor. Mecánica de instalaciones de motores y turbinas de gas. / FP rama Marítimo Pesquera. Especialidades: Máquinas. Mecánica naval.

FP rama Metal. FP rama Automoción. Especialidades: Mecánica del automóvil.

Hostelería y alimentación. / FP rama Hostelería y Turismo. Especialidades: Administración hostelera. Cocina. Servicios. Hostelería.

FP rama Sanitaria. Especialidades: Dietética y nutrición.

Estas puntuaciones sólo se aplicarán para las especialidades que se especifican y siempre que sean solicitadas en primera preferencia.

APÉNDICE IV

Documento de designación de beneficiarios

Apellidos Nombre DNI Fecha de nacimiento

Designo beneficiarios del seguro de vida y accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa a:

Don/doña

Nombre/apellidosDNI

Parentesco

Don/doña

Nombre/apellidosDNI

Parentesco

Don/doña

Nombre/apellidosDNI

Parentesco

a .......... de de 199....

Firma

Nota: Si no designa expresamente beneficiarios se considerarán como tales a: 1.º Cónyuges, 2.º Hijos/as, 3.º Padres, 4.º Hermanos/as.

APÉNDICE V

Declaración de conducta ciudadana, complementaria

de certificación de antecedentes penales

Don , con DNI , expedido en , el de de 19 , domicilio , número , municipio , provincia

Por la presente, bajo mi responsabilidad,

DECLARO:

a) Que se encuentra inculpado o procesado *.

b) Que se le ha aplicado medida de seguridad y que está implicado en diligencias seguidas en procedimiento fundado en la Ley de Peligrosidad Social *.

c) Que ha sido condenado en juicio de falta durante los tres años inmediatamente anteriores a esta declaración *.

d) Que se le ha impuesto sanción gubernativa en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha, como consecuencia de expediente administrativo sancionador, por hechos que guarden relación directa con el objeto del expediente en el que se exige la certificación e informe de conducta *.

Y para que conste en expediente sobre documentación para tomar parte en la selección para el acceso a la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, firmo la presente declaración, complementaria de la certificación de antecedentes penales que acompaño.

En , a ...... de de 19......

(Firma y rúbrica)

----------

* De resultar afirmativo alguno de los supuestos, hacer constar órgano jurisdiccional o autoridad gubernativa que haya seguido diligencias, impuesto medidas de seguridad o hubiere sancionado.

No serán objeto de declaración las sanciones gubernativas por actos meramente imprudentes ni las procedentes de infracciones de tráfico.

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