Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 30 de diciembre de 1996 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el recurso contencioso-administrativo número 1/957/1994, promovido por don Félix Barba Navas, contra resolución expresa de este Ministerio por la que revoca el complemento de productividad que venía percibiendo, cuyo pronunciamiento es de siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Félix Barba Navas contra la resolución de la Dirección General del INSALUD de fecha 15 de junio de 1994 sobre revocación de complemento de productividad, debemos declarar y declaramos ajustada a Derecho la resolución impugnada, manteniendo la misma en su contenido; todo ello sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 24 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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