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Documento BOE-A-1997-6708

Resolución de 28 de febrero de 1997, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el recurso contencioso-administrativo número 892/1994 interpuesto por don César Villamañan de la Cal y doña Belén Ruiz de la Fuente.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1997, páginas 10345 a 10345 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-6708

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una sentencia el 12 de diciembre de 1996 en el recurso contencioso-administrativo número 892/1994, interpuesto por don César Villamañan de la Cal y doña Belén Ruiz de la Fuente contra las Resoluciones de la Subdirección General de Gestión de Personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 8 de febrero de 1994, que les denegó sus solicitudes de reconocimiento de grado 22.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo número 892/1994, interpuesto por la representación de don César Villamañan de la Cal y de doña Belén Ruiz de la Fuente, contra las Resoluciones de la Subdirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 8 de febrero de 1994 sobre denegación a los recurrentes de sus peticiones de reconocimiento de grado, debemos: 1) Declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son contrarias al ordenamiento jurídico por lo que las debemos anular y anulamos. 2) Reconocer a los recurrentes el grado personal 22. 3) No hacer una especial condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 28 de febrero de 1997.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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