La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia el 12 de septiembre de 1996 en el recurso contencioso-administrativo número 2.399/1994, interpuesto por don Manuel Agudo Puerma, doña Isabel Dendarieno Ortiz de Zárate, doña María del Pilar Molíns Guitarte y doña Luisa Puyoles Hernández, contra las Resoluciones de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que les desestimaron sus solicitudes de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que actualmente pertenecen.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Agudo Puerma y otros, contra la resolución referida al principio, denegatoria de la valoración de todos los trienios conforme al último grupo o actual, a que pertenece el funcionario, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a Derecho; sin hacer imposición de las costas procesales.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Madrid, 28 de febrero de 1997.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.
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