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Documento BOE-A-1997-6799

Orden de 12 de marzo de 1997 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 368/1994, promovido por don Gumersindo Vieira Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1997, páginas 10386 a 10386 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-6799

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 7 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 368/1994, en el que son partes, de una, como demandante don Gumersindo Vieira Fernández, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 15 de febrero de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 15 de noviembre de 1993, sobre renovación de beca de residencia.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Gumersindo Vieira Fernández contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 15 de noviembre de 1993, que dejó sin efecto la adjudicación provisional de beca por residencia a favor de la hija del actor, así como frente a la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 15 de febrero de 1994, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra aquélla, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones disconformes con el Ordenamiento Jurídico, anulándolas.

En consecuencia, declaramos el derecho del actor a la adjudicación definitiva de la beca de residencia solicitada en favor de su hija África para el curso académico 1993/1994, en la cuantía establecida por la resolución de Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 30 de abril de 1993, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al recurrente las cantidades reseñadas en dicho Acuerdo.

Todo ello sin hacer especial imposición de las costas causadas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 12 de marzo de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996 «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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