En el recurso contencioso-administrativo número 385-94-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por «Herdez, Sociedad Anónima de CV», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de agosto de 1992 y 20 de septiembre de 1993, se ha dictado, con fecha 21 de marzo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora señora Ramírez Plaza, en nombre y representación de la razón social "Herdez, Sociedad Anónima de CV", contra la Oficina Española de Patentes y Marcas, debemos declarar y declaramos nulas por no ajustarse, ahora, a Derecho las Resoluciones de fechas de 5 de agosto de 1992 y 20 de septiembre de 1993, acordando la inscripción en la citada Oficina de la marca 1.527.943, con distintivo "Chula Vista" para los productos solicitados en la clase 29 de nomenclátor; todo ello sin costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de febrero de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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