En el recurso contencioso-administrativo número 3.077/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «The Automobile Association Limited», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de julio de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de diciembre de 1994, se ha dictado, con fecha 6 de noviembre de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, estimando el recurso interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, en representación de la entidad "The Automobile Association Limited", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de julio de 1992, que denegó la concesión de la marca número 1.144.702 "AA", para la clase 16 del Nomenclátor Internacional de Productos y Servicios, debemos anular y anulamos esta Resolución por contraria a Derecho y reconocemos el de la entidad actora a que obtenga la concesión registral de la citada marca de su titularidad. No se hace expresa condena de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de febrero de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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