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Documento BOE-A-1997-7609

Resolución de 14 de marzo de 1997, del Centro Español de Metrología, por la que se concede la aprobación de modelo del sistema de medida destinado al suministro de carburante líquido para vehículos a motor «Salzkotten», modelo 112, fabricado en Alemania por la empresa Tankanlagen Salzkotten, GmbH.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 1997, páginas 11211 a 11212 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-7609

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad Tankanlagen Salzkotten, GmbH, con sede social en Ferdinand-Henze-strabe 9, D-33154 Salzkotten, en solicitud de aprobación de modelo del sistema de medida destinado al suministro de carburante líquido para vehículos a motor «Salzkotten», modelo 112, el Centro Español de Metrología, organismo autónomo de carácter comercial e industrial adscrito al Ministerio de Fomento, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el artículo 100 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; la Orden de 28 de diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, así como la Recomendación Internacional OIML R 117 acerca de dichos sistemas de medida, ha resuelto:

Primero.-Conceder la aprobación de modelo, por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», a favor de Tankanlagen Salzkotten, GmbH, del sistema de medida destinado al suministro de carburante líquido para vehículos a motor «Salzkotten», modelo 112, en versiones 112/52 y 112/72, descrito en la memoria presentada, que se compone de los siguientes elementos:

Filtro.

Conjunto moto-bomba.

Medidor volumétrico K90.

Generador de impulsos.

Computador electrónico ER 112.

Visualizador de datos.

Visor de salida de carburante.

Manguera y boquerel.

Segundo.-El signo de aprobación de modelo será:

00-H-001

97002

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución, llevarán una placa de características con los siguientes elementos:

Nombre y anagrama del fabricante.

Denominación del modelo.

Número de serie y año de fabricación.

Caudal máximo, en metros cúbicos por hora.

Caudal mínimo, en metros cúbicos por hora.

Presión máxima de funcionamiento, en bar o kilopascal.

Suministro mínimo, en litros.

Margen de temperatura de funcionamiento, en grados centígrados.

Clase de líquidos a medir.

Signo de aprobación de modelo.

Cuarto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe en la memoria que sirvió de base para su estudio por el Centro Español de Metrología.

Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución, deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo podrá ser prorrogada por períodos sucesivos, previa petición del titular de la misma.

Contra esta Resolución, podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Ministro de Fomento, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tres Cantos, 14 de marzo de 1997.-El Presidente, P. D. (Resolución del 19 de mayo de 1995, «Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), el Director, Ángel García San Román.

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