En el recurso contencioso-administrativo número 485/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Societá Silga, S. p. A.», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de julio de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 18 de octubre de 1993, se ha dictado, con fecha 12 de marzo de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo formulado por el Letrado don Javier del Valle Sánchez, en nombre y representación de la mercantil "Societá Silga, S. P. A.", contra las Resoluciones de fecha 15 de julio de 1992 y 18 de octubre de 1993, dictadas por la Oficina Española de Patentes y Marcas, debemos declarar y declaramos que ambas resoluciones son nulas, procediendo, en consecuencia, la inscripción de la marca solicitada; sin hacer mención especial en cuanto a costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de febrero de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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