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Documento BOE-A-1997-7781

Orden de 21 de febrero de 1997 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Específica «Instituto de Enseñanzas Aplicadas», de Salamanca.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1997, páginas 11587 a 11587 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-7781

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de doña Raquel Montes Abad, en nombre y representación de la entidad «Instituto de Enseñanzas Aplicadas, Sociedad Cooperativa Limitada», solicitando autorización de cambio de domicilio del Centro de Formación Profesional «Instituto de Enseñanzas Aplicadas», sito en el paseo de Canalejas, 129-137, de Salamanca, a unas nuevas instalaciones sitas en la calle Fray Junípero Serra, 22, de la misma localidad,

Este Ministerio, sobre la base de lo establecido en el artículo 7.º 3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que a continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: «Instituto de Enseñanzas Aplicadas».

Domicilio: Calle Fray Junípero Serra, 22.

Localidad: Salamanca.

Municipio: Salamanca.

Provincia: Salamanca.

Titular: «Instituto de Enseñanzas Aplicadas, Sociedad Cooperativa Limitada».

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclo formativo de grado medio de Estética Personal Decorativa:

Capacidad: Número de grupos, 1; número de puestos escolares, 30.

Ciclo formativo de grado medio de Caracterización:

Capacidad: Número de grupos, 2; número de puestos escolares, 60.

Ciclo formativo de grado medio de Farmacia:

Capacidad: Número de grupos, 2; número de puestos escolares, 60.

Segundo.-El centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento y profesorado que se acompañaban como anexo a la Resolución de la Dirección General de Centros Educativos de 30 de julio de 1996. Dicha circunstancia será comprobada por el Servicio de Inspección Técnica de Educación.

Tercero.-El centro deberá cumplir la norma básica para la edificación NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 1 de marzo.

Cuarto.-Provisionalmente, teniendo en cuenta que la autorización que ahora se otorga se produce como consecuencia del cambio de domicilio del centro «Instituto de Enseñanzas Aplicadas», que se encontraba autorizado como Centro de Formación Profesional de primero y segundo grados, con una capacidad máxima de 360 puestos escolares, en sus instalaciones del paseo de Canalejas, 129-137, el centro podrá impartir las siguientes enseñanzas:

Formación Profesional de primer grado: Rama Peluquería y Estética, profesión Estética, y rama Servicios a la Comunidad, profesión Jardines de Infancia.

Formación Profesional de segundo grado: Rama Servicios a la Comunidad, especialidad Jardines de Infancia.

Capacidad máxima: Nueve unidades, 360 puestos escolares.

Las unidades de Formación Profesional de primero y segundo grados se irán reduciendo conforme se produzca la implantación de los ciclos formativos de grado medio.

Quinto.-Como consecuencia de la autorización que ahora se concede por cambio de domicilio del Centro de Formación Profesional «Instituto de Enseñanzas Aplicadas», se extingue la autorización de dicho centro en sus instalaciones del paseo de Canalejas, 129-137.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 21 de febrero de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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