Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional el recurso número 3/1.506/1994, interpuesto por don José Bayona Noguera, sobre reconocimiento de grado personal, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia de 16 de enero de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Que estimando como estimamos el presente recurso número 1.506/1994 interpuesto por don José Bayona Noguera contra la resolución del Ministerio de Justicia (Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios) de 23 de noviembre de 1993, que desestimó el recurso de reposición formulado frente a la de 11 de enero de 1993, anulamos dichas resoluciones por ser contrarias al ordenamiento jurídico y declaramos el derecho del recurrente a que se le reconozcan los grados personales consolidados de nivel 16, con efectos de 1 de agosto de 1991, y de nivel 18, con efectos de 1 de agosto de 1993.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. S. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 13 de marzo de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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