Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-8015

Resolución de 13 de marzo de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad del Protocolo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud de la Diputación Regional de Cantabria, de fecha 4 de noviembre de 1996, sobre un programa denominado «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 1997, páginas 11910 a 11911 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-8015

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, con fecha 4 de noviembre de 1996, un Protocolo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud de la Diputación Regional de Cantabria, de fecha 4 de noviembre de 1996, sobre un programa denominado «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de marzo de 1997.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

Protocolo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud de la Diputación Regional de Cantabria, de fecha 4 de noviembre de 1996, sobre un programa denominado «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler»

En Madrid, a 25 de febrero de 1997.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo, y

De otra parte, la ilustrísima señora doña Sofía Juaristi Zalduendo, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo,

INTERVIENEN

El ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, como Director general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 121, del 18), en nombre y representación de la Administración General del Estado-Instituto de la Juventud, por delegación del Gobierno de la Nación, según el Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Entidades Estatales Autónomas.

Y la ilustrísima señora doña Sofía Juaristi Zalduendo, Consejera de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, en cuya representación actúa, de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas por Acuerdo del Consejo de Gobierno del día 28 de marzo de 1996.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Que con fecha 4 de noviembre de 1996 se firmó un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud de la Diputación Regional de Cantabria para conjuntamente promover actuaciones que contribuyan a favorecer el acceso a la vivienda de la juventud;

Que a tal fin se puso en marcha el programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler» para ser ofrecido a los jóvenes, proporcionando unos servicios que faciliten un alquiler basado en precios sociales y garantizando ventajas económicas, jurídicas y técnicas tanto para los propietarios como para los jóvenes arrendatarios;

Que en la estipulación Quinta del referido Convenio de colaboración se establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará a finales de 1996 o principios de 1997, un Protocolo entre las Instituciones firmantes del Convenio, en el que se establecerán las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones de cada una de las partes, todo ello aplicable al año 1997;

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo, según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las acciones pactadas en la estipulación Quinta del Convenio suscrito entre las dos partes el 4 de noviembre de 1996.

Segunda.-El Instituto de la Juventud se compromete a hacer una aportación económica de 24.875.000 pesetas de su presupuesto de 1997, y cuyo destino será la cobertura de los seguros de Multirriesgo y Caución, la realización de los Cursos de Formación, el asesoramiento, asistencia jurídica, la gestión técnica y el seguimiento del Programa.

Esta cantidad es global para todas y cada una de las Comunidades Autónomas que estén incorporadas al Programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

Igualmente, el Instituto de la Juventud asume el compromiso de ampliar su aportación económica hasta un máximo de 5.000.000 de pesetas, en el supuesto de que el crédito económico anteriormente mencionado fuese insuficiente para atender la cobertura de los seguros de Multirriesgo y Caución de la totalidad de los pisos gestionados desde este Programa durante 1997.

Tercera.-La Consejería de Educación y Juventud de la Diputación Regional de Cantabria mantendrá a disposición del Programa, que seguirá teniendo la estructura establecida en el ordinal Tercero de la cláusula Segunda del Convenio suscrito entre las partes el 4 de noviembre de 1996, una doble ubicación: En las instalaciones de la Asociación Juvenil «Entre Aulas» (Universidad de Cantabria) y el Consejo de la Juventud (calle 3 de Noviembre, 1-D, escalera B, entresuelo).

Cuarta.-La distribución pormenorizada de las aportaciones de ambas instituciones es como sigue:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo a la aplicación presupuestaria, 19.201.323A.226.10 abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.

La prima para cada una de las pólizas será 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de Caución hasta un máximo de 9.500.000 pesetas.

La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3,5 por 100 de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los Cursos de Formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del Programa hasta un máximo de 7.875.000 pesetas.

Total de su aportación: 24.875.000 pesetas.

II. La Consejería de Educación y Juventud, a través de la Dirección Regional de Juventud, correrá directamente con los gastos que se produzcan por:

1. Personal necesario para el Programa.

2. Gastos de local.

3. Material y Publicidad.

4. Otros.

Total de su aportación: 5.000.000 de pesetas.

Quinta.-El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 1997.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo anterior, las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fecha expresados, en dos ejemplares que hacen fe.-Por el Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-Por la Consejería de Educación y Juventud, Sofía Juaristi Zalduendo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid