Visto el expediente de indulto de don Victoriano Jiménez García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Igualada, en sentencia de fecha 13 de octubre de 1989, como autor de dos delitos de robo, a la pena de un mes y un día de arresto mayor por cada uno de los delitos, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1978; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de marzo de 1997,
Vengo en indultar a don Victoriano Jiménez García las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 7 de marzo de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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