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Documento BOE-A-1997-8416

Orden de 7 de abril de 1997 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso administrativo número 1.631/1994, interpuesto por don Cándido Elorza Malo de Molina.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 1997, páginas 12333 a 12333 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-8416

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 11 de diciembre de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.631/1994, promovido por don Cándido Elorza Malo de Molina, sobre abono diferencias retributivas; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que estimando el recurso-contencioso administrativo interpuesto por don Cándido Elorza Malo de Molina, contra la Resolución de la Presidencia del Instituto Nacional de Reformas y Desarrollo Agrario de fecha 4 de marzo de 1994, que denegó su solicitud de percibir el complemento de destino correspondiente al grado personal 23, así como frente a la desestimación presunta del recurso de alzada deducida contra aquélla, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones disconformes con el ordenamiento jurídico, anulándolas, y, en consecuencia, declaramos el derecho del actor a percibir el complemento de destino del nivel 23 desde el 1 de enero de 1987, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaración y a satisfacer al recurrente las correspondientes diferencias retributivas entre el 1 de enero de 1987 y el 4 de julio de 1990.

Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.

Madrid, 7 de abril de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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