El Consejo de Ministros, en su reunión del día 18 de abril de 1997, ha aprobado el Acuerdo de ejecución de sentencia de 4 de abril de 1997, dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 634/1996, interpuesto al amparo de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, por don Tomás y don Carlos Urigoitia Ajuria, y cuyo texto íntegro se publica como anexo a la presente Orden.
Madrid, 18 de abril de 1997.
SERRA REXACH
ANEXO
Acuerdo del Consejo de Ministros sobre ejecución de sentencia de 4 de abril de 1997, dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 634/1996, interpuesto al amparo de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, por don Tomás y don Carlos Urigoitia Ajuria
En el recurso contencioso-administrativo número 634/1996, interpuesto por don Tomás y don Carlos Urigoitia Ajuria, contra Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de agosto de 1996, por el que se accede a la desclasificación de determinada documentación, se ha dictado sentencia por la Sala Tercera en Pleno de Tribunal Supremo, en fecha 4 de abril de 1997, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad opuesta por el Abogado del Estado, estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto al amparo de la Ley 62/1978, por la representación procesal de don Tomás y don Carlos Urigoitia Ajuria, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de agosto de 1996, por el que se denegaba la desclasificación del documento que se identifica como KA/5104/03-11-87, cuyo Acuerdo anulamos y dejamos sin efecto. Debiendo proceder el Gobierno a cancelar la clasificación como materia secreta de tal documento, y a su entrega al Juzgado de Instrucción número 2 de San Sebastián, que lo ha solicitado para su incorporación al sumario número 85/1987.
Se imponen las costas de este proceso a la Administración demandada.»
El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid