Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, en el recurso número 3/1536/1994, interpuesto por don Ramón Escribano Alameda, sobre sanción disciplinaria, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 23 de enero de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 1536/94, interpuesto por don Ramón Escribano Alameda, contra la resolución del Ministerio de Justicia (Dirección General de Asuntos Penitenciarios) de 3 de junio de 1992, por la que se le impuso la sanción de seis meses de suspensión de funciones, como autor responsable de una falta grave del artículo 7-1-ñ) del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, consistente en "atentado grave a la dignidad de los funcionarios o de la Administración", resolución que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 26 de marzo de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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