En el recurso contencioso-administrativo número 439/88, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Beecham Group PLC», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de diciembre de 1985 y 25 de agosto de 1987, se ha dictado, con fecha 11 de abril de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que con desestimación del recurso interpuesto por el Procurador don Juan Corujo y López-Villamil, en nombre y representación de la entidad eecham Group PLC'', contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 5 de diciembre de 1985, que concedió la marca número 1.082.316 obobichan'' para productos de clase 5.a y contra la resolución de dicho Organismo de 25 de agosto de 1987 que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las resoluciones impugnadas, y no procede su renovación; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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