Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), con fecha 21 de junio de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 861/1995, promovido por don Íñigo de Arteaga Falguera, sobre asignación de los derechos al suplemento del pago compensatorio a los productores de trigo duro; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso número 861/1995, interpuesto por don Íñigo de Arteaga Falguera contra la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 5 de abril de 1995, que debemos confirmar y confirmamos por ser conformes con el ordenamiento jurídico. Sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 17 de abril de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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