Visto el expediente incoado por la titularidad del centro de Formación Profesional «Centro de Estudios Profesionales», sito en la carretera de Mula, sin número, de Alguazas (Murcia), en solicitud de cambio de denominación específica del centro,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Autorizar el cambio de denominación del centro de Formación Profesional «Centro de Estudios Profesionales», que en lo sucesivo será «Vega Media».
Segundo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 4 de abril de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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