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Documento BOE-A-1997-9829

Resolución de 16 de abril de 1997, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa «Intercontinental Marketing Services Ibérica, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 1997, páginas 14285 a 14285 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-9829
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/04/16/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de prórroga y revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa «Intercontinental Marketing Services Ibérica, Sociedad Anónima» (código de Convenio número 9006212), que fue suscrito con fecha 14 de marzo de 1997, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa para su representación y de otra por los Delegados de Personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero: Ordenar la inscripción de la prórroga y revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de abril de 1997.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE REVISIÓN Y TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA «IMS IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA»

En Madrid, siendo las trece horas del día 14 de marzo de 1997, se reúnen en los locales de la empresa «IMS Ibérica, Sociedad Anónima», la Comisión Mixta de interpretación y seguimiento del Convenio Colectivo de empresa, formada por la Dirección de la empresa y los Delegados de Personal, suscrito el día 14 de abril de 1981, con efecto de 1 de enero del mismo año.

Ambas partes acuerdan las siguientes variaciones respecto al Convenio vigente durante 1996:

1. Incrementar en un 3,5 por 100 los salarios realmente abonados por todos los conceptos, a todos y cada uno de los trabajadores al 31 de diciembre de 1996.

De acuerdo con el presente apartado, las tablas salariales para cada categoría serán las determinadas en el anexo I.

2. Queda establecida en 9.000 pesetas la prima de puntualidad a la que se refiere el artículo 20 del vigente Convenio Colectivo.

3. Se modifica la cantidad abonada por kilómetro a que se refiere el artículo 28 (viajes y dietas) en 2 pesetas, fijándose en 50 pesetas por kilómetro recorrido.

4. Se establece definitivamente el día de la empresa, festivo a todos los efectos, el miércoles de Semana Santa.

5. De acuerdo con el artículo 18 del Convenio Colectivo vigente, y además de los días festivos que contempla dicho artículo, para el presente año 1997, se considerarán días «puente» a todos los efectos los siguientes:

16 de mayo.

6. Se incrementará la póliza del seguro colectivo suscrita por la empresa en el año 1985 a 4.500.000 pesetas, acordándose que cualquier aumento en la prima será abonado por la empresa.

7. Se incrementan los tiques-restaurante en 100 pesetas, pasando de 700 a 800 pesetas.

No habiendo más asuntos que tratar se da por terminada la reunión con el acuerdo de elevar la presente acta a la autoridad laboral, a los efectos previstos en el artículo 90 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo.

ANEXO I

Tablas salariales 1997

Categoría / Total mensual

(14 pagas al año)

-

Pesetas / Total anual

-

Pesetas

Titulado superior A / 229.207 / 3.208.898

Titulado superior B / 145.426 / 2.035.964

Titulado medio A / 120.000 / 1.680.000

Titulado medio B / 100.000 / 1.400.000

Técnico en Publicidad / 157.075 / 2.199.050

Técnico en Marketing A / 135.651 / 1.899.114

Técnico en Marketing B / 123.489 / 1.728.846

Técnico en Marketing C / 96.951 / 1.357.314

Promotor de Ventas A / 123.489 / 1.728.846

Promotor de Ventas B / 96.951 / 1.357.314

Jefe superior administrativo / 229.207 / 3.208.898

Jefe 1.a administrativo / 187.916 / 2.630.824

Jefe 2.a administrativo / 158.599 / 2.220.386

Oficial 1.a administrativo / 127.733 / 1.788.262

Oficial 2.a administrativo / 123.489 / 1.728.846

Auxiliar administrativo / 119.244 / 1.669.416

Telefonista-Recepcionista / 119.244 / 1.669.416

Ayudante administrativo / Salario mínimo interprofesional

Aspirante administrativo / Salario mínimo interprofesional

Limpiadora / Salario mínimo interprofesional

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/04/1997
  • Fecha de publicación: 06/05/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACION, y se publica una nueva revisión salarial, por Resolución de 16 de abril de 1998 (Ref. BOE-A-1998-10483).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas consultoras
  • Salud

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