En el recurso contencioso-administrativo número 535/1990, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Ciba-Geigy, Ag.", contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de febrero de 1989 y 19 de febrero de 1990, se ha dictado, con fecha 20 de marzo de 1992 por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo, en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso interpuesto por 1919Ciba-Geigy, Ag.'', contra la Resolución de 2 de febrero de 1989 por la que el Registro de la Propiedad Industrial concedió la inscripción del rótulo de establecimiento 1919Cipa. cau industria de pintats i acabats'' número 158.697; sin expresa condena en costas."
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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