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Documento BOE-A-1998-10898

Resolución de 17 de abril de 1998, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el «Plan de formación para el Profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional Específica/1998».

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 1998, páginas 15615 a 15622 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-10898

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa se propone poner en marcha un nuevo "Plan de formación para Profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional Específica/1998" que dé cobertura al conjunto de medidas de implantación de ciclos formativos de grado medio y superior previsto para el curso 1998-1999 en el territorio gestionado por este Ministerio de Educación y Cultura. Este Plan, por otra parte, contribuye decisivamente a mejorar la calidad del propio proceso de implantación y a la actualización curricular del profesorado.

Es evidente que la medida de mayor importancia en el proceso de Reforma de la Formación Profesional es la aplicación del nuevo catálogo de Títulos Profesionales y la consiguiente renovación del diseño de la formación, especialmente de los contenidos que configuran el nuevo currículo, es decir, el qué y el cómo que configura la nueva referencia de cualificación a alcanzar. Al mismo tiempo, se modifica sustancialmente el currículo para el profesor encargado de impartirlo, generando nuevas exigencias y requisitos añadidos al perfil de formador docente.

Los cambios más importantes que se producen en el perfil del profesorado de formación profesional específica pueden resumirse del siguiente modo: a) Cambios en las aptitudes técnico-profesionales y sociales; b) cambios en los contenidos de la formación; y, c) cambio en la metodología didáctica, que permita al profesorado elaborar y utilizar nuevos materiales didácticos, modernos equipamientos, y abordar nuevos procesos de investigación educativa.

La calidad de la Formación Profesional Específica que determinan las nuevas enseñanzas se consigue en gran medida disponiendo de un profesorado suficientemente cualificado e incentivado para desarrollar las funciones y tareas que requiere el nuevo perfil del profesor que debe impartir los ciclos formativos. Para ello, ya desde el curso 1990-1991, el Ministerio de Educación y Cultura, a través de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, ha venido promoviendo y realizando actividades de formación destinadas al profesorado de Formación Profesional Específica y ha establecido la formación permanente del profesorado como una de las medidas de apoyo a la preparación del proceso de implantación del nuevo modelo de Formación Profesional.

Para facilitar la organización de este "Plan de Formación para el Profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional Específica/1998" parece necesario publicar su convocatoria y abrir un período de admisión de solicitudes de participación entre el personal docente a que se refiere la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo para cubrir las plazas propuestas.

Por ello, la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, con objeto de que las respectivas Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales del Departamento puedan responder con la necesaria prontitud al propósito de las actividades de formación, ha resuelto hacer pública la siguiente convocatoria de cursos y, en su virtud, dispone:

Primero. Relación de cursos que se convocan y organización de los mismos.

1. Se aprueba la convocatoria de 149 cursos de carácter específico, según el siguiente desglose por familias profesionales, con expresión de la correspondiente duración en horas y valoración en créditos de formación de cada uno de ellos, conforme figuran en el anexo 1.

2. Estos cursos son promovidos por la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa y se organizarán con carácter centralizado a través de la Subdirección General de Formación Profesional Reglada, que, a tal fin, habilitará presupuesto suficiente para responder adecuadamente a su realización, incluyendo los costes derivados de los contratos o convenios con entidades y estructuras de formación, ponentes, costes de material fungible y costes de Coordinación y Dirección de los diversos cursos. A este respecto, se hace constar que la presente convocatoria de cursos se encuentra cofinanciada por el Fondo Social Europeo.

3. Asimismo, estos cursos podrán realizarse mediante la colaboración con estructuras formativas del sector productivo afín a cada una de las familias profesionales referenciadas, mediante la suscripción de convenios o contratos con dichas entidades.

4. Las características de la convocatoria (fechas, lugares de realización, entidades colaboradoras, etc.) y los contenidos básicos de los cursos que se desarrollarán de acuerdo con estas bases, serán objeto de unas Instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa y estarán a disposición de los solicitantes en las Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales del Departamento, una vez que esta Resolución haya sido publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

5. Igualmente, para contribuir al correcto desarrollo de las actividades formativas, se contará con la participación de las figuras de un Coordinador asociado a una o varias familias profesionales, responsable de la organización de un conjunto de cursos correspondientes a una o varias familias profesionales, y de un Director de Curso para cada actividad formativa concreta.

Segundo. Destinatarios.

1. Son destinatarios de estos cursos aquellos funcionarios pertenecientes a los cuerpos docentes a los que se refiere la LOGSE (Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional) o se encuentren prestando servicios para la administración educativa en tareas docentes en el ámbito de competencia territorial de este Ministerio de Educación y Cultura, y que, a su vez, se encuentren adscritos a especialidades definidas y relacionadas con la formación profesional específica. Asimismo, esta convocatoria estará abierta al profesorado asimilado a las especialidades de Formación Profesional Específica de los centros privados que tengan oferta de ciclos formativos de grado medio o superior.

2. Además, los destinatarios deberán cumplir otros requisitos de carácter complementario que se encuentran reflejados en el artículo tercero y, en su caso, en los requisitos específicos de cada uno de los cursos convocados.

3. Los asistentes que tengan derecho generarán los gastos de dietas y locomoción de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 236/1988 de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19), por indemnizaciones por razón del servicio, en las cuantías establecidas por la Resolución de 22 de marzo de 1993 ("Boletín Oficial del Estado" del 26) y se justificarán de acuerdo con la Orden de 8 de noviembre de 1994 ("Boletín Oficial del Estado" del 11), sobre justificación y anticipos de las indemnizaciones por razón del servicio.

Tercero. Solicitudes, plazos de presentación y selección de los participantes.

1. La tarea de selección del profesorado que ha de participar en los cursos ofertados en esta convocatoria dependerá de las respectivas Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales del Departamento. Para ello, se regirán por las siguientes normas de carácter general:

1.1 Los profesores que deseen participar en esta convocatoria de cursos deberán solicitarlo ante las respectivas Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales. Para ello, se utilizará el formulario de solicitud que figura en el anexo 2-A, complementado con el formulario del anexo 2-B, si fuera necesario, y se acompañará, en su caso, copia de los certificados de haber realizado cursos de nivel inicial u otros. Las solicitudes deberán contar con el visto bueno de la Dirección del centro educativo.

1.2 La presentación de solicitudes será realizada por los candidatos en la unidad de Registro de las respectivas Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales del Departamento, y el plazo será de ocho días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado". A tal fin, podrá utilizarse cualquier dependencia y medio a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1.3 La presente convocatoria de cursos se dirige a los siguientes profesores destinatarios, enumerados por orden de prioridad:

Aquellos que vayan a encontrarse implicados en la impartición de ciclos formativos de grado medio o superior de nueva implantación en el curso 1998-1999. Esta condición será preferente y, a tal fin, los Directores de los centros educativos afectados deberán dar el visto bueno a esta circunstancia, junto con el compromiso del Departamento de la Familia Profesional correspondiente y del interesado.

Aquellos que vayan a encontrarse implicados en la impartición de segundos cursos de ciclos formativos de grado medio o superior correspondientes a la implantación realizada en el curso 1997-1998. Igualmente, los Directores de los centros educativos darán el visto bueno a esta circunstancia, junto con el compromiso del Departamento de la Familia Profesional correspondiente y del interesado.

Además, deberán acreditar documentalmente los requisitos específicos que para cada uno de los cursos convocados se especifiquen.

Si la disponibilidad de plazas lo permite, se considerará la solicitud del resto de profesorado que no se encuentre en las situaciones anteriormente enunciadas.

1.4 Las Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales del Departamento realizarán una selección provisional de tantos profesores candidatos por curso como plazas se adjudican a cada provincia, según cuadros de distribución que serán dados a conocer a cada una de ellas a través de Instrucciones del Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa, manteniendo un número prudente de reservas para sustituciones, si fuera necesario. A tal fin, el Director provincial convocará una Comisión de Selección. El resultado de la citada selección provisional será publicado en el tablón de anuncios de las respectivas Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales, existiendo un plazo de tres días naturales para atender las posibles reclamaciones a que hubiera lugar.

1.5 Los resultados de la selección provisional a que se refiere el apartado anterior, acompañadas de las instancias suscritas por los candidatos, serán comunicados a la Subdirección General de Formación Profesional Reglada antes de transcurridos veinte días naturales contados a partir del término del plazo establecido en el artículo tercero apartado 1.2 de esta Resolución.

1.6 La Subdirección General de Formación Profesional Reglada efectuará la selección definitiva y comunicará a cada una de las Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales la correspondiente relación de profesores candidatos seleccionados para cada uno de los cursos y aquellas referencias complementarias que afectan a la programación de las actividades.

1.7 En caso de que, una vez concluido el proceso de selección, uno o varios profesores presentasen renuncia a su participación, éstos deberán formalizar dicha renuncia por escrito con motivo justificado ante la Dirección Provincial o Subdirección Territorial del Departamento. A su vez, la Dirección Provincial o Subdirección Territorial afectada, tomará nota de la incidencia producida y propondrá otro candidato de las listas de reserva como sustituto.

1.8 Contra el resultado de la selección definitiva realizada por la Subdirección General de Formación Profesional Reglada se podrá interponer recurso administrativo ordinario ante la Secretaría General de Educación y Formación Profesional.

Cuarto. Evaluación y certificación.

1. La tarea de efectuar el seguimiento y proponer la certificación de los cursos correspondientes a una o varias familias profesionales residirá en el Coordinador de Familia Profesional designado por la Subdirección General de Formación Profesional Reglada, y contará con la colaboración de un Director de curso o actividad para cada uno de los cursos. Los expedientes de cada uno de los cursos quedarán centralizados en la Subdirección General de Formación Profesional Reglada.

2. La evaluación de los cursos y el derecho a certificación de la formación para cada participante tendrá en cuenta lo previsto en la Orden de 26 de noviembre de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre), por la que se regula la evaluación, certificación y registro de los asistentes a actividades de formación permanente. Las condiciones específicas de participación y el método de trabajo será objeto de las instrucciones citadas en el artículo primero, apartado 4, de la presente Resolución.

3. A tal fin, se constituirá una Comisión Evaluadora integrada por el Coordinador de Familia Profesional, que ostentará la presidencia, el Director de la actividad y, en su caso, un representante de las entidades colaboradoras de cada uno de los cursos, junto con personal de la Subdirección General de Formación Profesional Reglada, que efectuará el proceso evaluador con los siguientes criterios:

3.1 Verificar los requisitos y condiciones de la participación de cada candidato.

3.2 Verificar la asistencia a las actividades programadas de cada candidato.

3.3 Verificar la realización de las actividades y trabajos propuestos durante el desarrollo del curso de cada candidato.

3.4 Analizar la Memoria individual de cada candidato de fin de la actividad.

3.5 Elaborar y proponer el acta de certificación correspondiente a cada curso de los convocados.

4. Los asistentes a los cursos convocados por esta Resolución quedan obligados a depositar los originales de los materiales aportados por las entidades colaboradoras en el Departamento de Familia Profesional a que estén adscritos en su centro educativo de destino, con objeto de que dicho material pueda ser utilizado por todos los profesores del mismo.

Quinto. Otras disposiciones.

1. La Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa podrá dictar las instrucciones oportunas para la correcta aplicación de la presente Resolución, especialmente las relacionadas con la suscripción de contratos o convenios con empresas, instituciones, entidades y estructuras de formación y con los procedimientos a utilizar por las Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales del Departamento para la mejor ejecución de lo previsto en la presente Resolución.

2. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", previa comunicación al Ministerio de Educación y Cultura.

3. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 17 de abril de 1998.-(P. D. Orden de 17 de junio de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmos. Sres. Secretario general de Educación y Formación Profesional, Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa y Directores Provinciales/Subdirectores Territoriales del Departamento.

ANEXO 1

Relación de los cursos que se convocan

1.1 ACA. Actividades agrarias: 7 cursos.

ACA*0198: "Implantación de jardines y zonas verdes" (70 horas = 7 créditos).

ACA*0298: "Producción de planta ornamental y forestal" (70 horas = 7 créditos).

ACA*0398: "La agrotecnología" (40 horas = 4 créditos).

ACA*0498: "La contabilidad en el módulo de organización y gestión de la empresa agraria" (70 horas = 7 créditos).

ACA*0598: "El módulo de relaciones en el entorno de trabajo" (40 horas = 4 créditos).

ACA*0698: "El módulo de formación en el centro de trabajo" (40 horas = 4 créditos).

ACA*0798: "El módulo de actividades de uso público de espacios naturales" (40 horas = 4 créditos).

1.2 ADM. Administración: 20 cursos.

ADM*0198: "Recursos humanos" (65 horas = 6,5 créditos).

ADM*0298: "Gestión comercial y servicio de atención al cliente" (65 horas = 6,5 créditos).

ADM*0398: "Productos y servicios financieros y de seguros" (101 horas = 10 créditos).

ADM*0498: "Auditoría" (120 horas = 12 créditos).

ADM*0598 "Administración pública" (110 horas = 11 créditos).

ADM*0698: "Principios de gestión administrativa pública" (110 horas = 11 créditos).

ADM*0798: "La organización y la comunicación en secretariado" (75 horas = 7,5 créditos).

ADM*0898: "Proyecto empresarial con ayuda de ordenador" (101 horas = 10 créditos).

ADM*0998: "EL IAE/IVA/IRPF/IP: Reglamentación y procedimiento tributario" (90 horas = 9 créditos).

ADM*1098: "EL IAE/IVA/IRPF/IP /IS: Reglamentación y procedimiento tributario" (120 horas = 12 créditos).

ADM*1198: "Gestión financiera aplicada" (35 horas = 3,5 créditos).

ADM*1298: "Últimas tendencias en la economía y en la administración de empresas" (40 horas = 4 créditos).

ADM*1398: "Red netware" (31 horas = 3 créditos).

ADM*1498: "Windows-95 en red" (70 horas = 7 créditos).

ADM*1598: "Internet" (35 horas = 3,5 créditos).

ADM*1698: "Ofimática avanzada" (101 horas = 10 créditos).

ADM*1798: "Aplicaciones informáticas de contabilidad, gestión comercial y gestión de personal" (105 horas = 10,5 créditos).

ADM*1898: "Aplicaciones informáticas de contabilidad, gestión comercial y gestión de personal" (105 horas = 10.5 créditos).

ADM*1998: "Aplicaciones informáticas de contabilidad, gestión comercial y gestión de personal" (105 horas = 10.5 créditos).

ADM*2098: "Aplicaciones informáticas de contabilidad, gestión comercial y gestión de personal" (105 horas = 10.5 créditos).

1.3 AFD. Actividades físicas y deportivas: 2 cursos.

AFD*0198: "Actualización en animación de actividades físicas y deportivas" (75 horas = 7,5 créditos).

AFD*0298: "Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural" (90 horas = 9 créditos).

1.4 AMP. Actividades marítimo-pesqueras: 2 cursos.

AMP*0198: "Instalación y equipos de cultivo. Mantenimiento de las instalaciones y equipo de cultivo " (70 horas = 7 créditos).

AMP*0298: "Técnicas de iniciación al buceo a media profundidad" (40 horas = 4 créditos).

1.5 ARG. Artes gráficas: 1 curso.

ARG*0198: "Preimpresión" (70 horas = 7 créditos).

1.6 CIS. Comunicación, imagen y sonido: 3 cursos.

CIS*0198: "Operaciones de equipos y sistemas de vídeo profesional" (105 horas = 10,5 créditos).

CIS*0298: "Realización TV" (90 horas = 9 créditos).

CIS*0398: "Técnicas de iluminación de espectáculos" (70 horas = 7 créditos).

1.7 COM. Comercio y marketing: 10 cursos.

COM*0198: "Administración y gestión de un establecimiento comercial" (101 horas = 10 créditos).

COM*0298: "Marketing, investigación y gestión comercial" (105 horas = 10,5 créditos).

COM*0398: "Comercio internacional: Marketing, financiación, contratación y transporte" (120 horas = 12 créditos).

COM*0498: "Avanzado de comercio internacional: Negociación y financiación" (31 horas = 3 créditos).

COM*0598: "Gestión del transporte" (65 horas = 6,5 créditos).

COM*0698: "Inglés comercial" (60 horas = 6 créditos).

COM*0798: "Logística comercial" (65 horas = 6,5 créditos).

COM*0898: "Animación del punto de venta" (62 horas = 6 créditos).

COM*0998: "Consumo" (80 horas = 8 créditos).

COM*1098: "Ofimática nivel básico" (101 horas = 10 créditos).

1.8 ELE. Electricidad y electrónica: 26 cursos.

ELE*0198: "Gestión y desarrollo de proyectos en instalaciones eléctricas (75 horas = 7,5 créditos).

ELE*0298: "Instalaciones automatizadas en viviendas y edificios (70 horas = 7 créditos).

ELE*0398: "Instalaciones automatizadas en viviendas y edificios (70 horas = 7 créditos).

ELE*0498: "Instalaciones singulares en vivienda y edificios" (155 horas = 16 créditos).

ELE*0598: "Instalaciones singulares en vivienda y edificios" (155 horas = 16 créditos).

ELE*0698: "Neumática-hidráulica" (101 horas = 10 créditos).

ELE*0798: "Sistemas electrónicos de medida y control" (120 horas = 12 créditos).

ELE*0898: "Microcontroladores (60 horas = 6 créditos).

ELE*0998: "Redes locales (90 horas = 9 créditos).

ELE*1098: "Autómatas programables (70 horas = 7 créditos).

ELE*1198: "Autómatas programables (70 horas = 7 créditos).

ELE*1298: "Automatización inteligente: Robótica y control" (120 horas = 12 créditos).

ELE*1398: "Equipos procesos y tratamientos de señal de vídeo" (105 horas = 11 créditos).

ELE*1498: "Equipos procesos y tratamientos de señal de vídeo" (105 horas = 11 créditos).

ELE*1598: "Sonido e hifi" (70 horas = 7 créditos).

ELE*1698: "Mantenimiento de equipos de vídeo profesional" (105 horas = 11 créditos).

ELE*1798: "Sistemas telemáticos" (120 horas = 12 créditos).

ELE*1898: "Funcionamiento y mantenimiento de equipos microinformáticos" (120 horas = 12 créditos).

ELE*1998: "Instalación de antenas" (32 horas = 3 créditos).

ELE*2098: "Sistemas de telefonía" (60 horas = 6 créditos).

ELE*2198: "Telefonía" (90 horas = 9 créditos).

ELE*2298: "Diseño y fabricación de prototipos electrónicos" (140 horas = 14 créditos).

ELE*2398: "Introducción al lenguaje C" (140 horas = 14 créditos).

ELE*2498: "Lenguaje C aplicado a la electrónica" (140 horas = 14 créditos).

ELE*2598: "Redes locales" (90 horas = 9 créditos).

ELE*2698: "Desarrollo de circuitos electrónicos" (90 horas = 9 créditos).

1.9 EOC. Edificación y obra civil: 3 cursos.

EOC*0198: "Albañilería y acabados de construcción" (105 horas = 10,5 créditos).

EOC*0298: "Topografía. Trabajos de campo y gabinete" (105 horas = 10,5 créditos).

EOC*0398: "Autocad para construcción" (35 horas = 3,5 créditos).

1.10 FAM. Fabricación mecánica e industrial: 11 cursos.

FAM*0198: "Control de presión, velocidad, posición en accionamientos hidráulicos. Hidráulica proporcional práctica" (35 horas = 3,5 créditos).

FAM*0298: "Calidad y metrología" (140 horas = 14 créditos).

FAM*0398: "Calidad e inspección en la soldadura" (70 horas = 7 créditos).

FAM*0498: "Iniciación a la soldadura" (70 horas = 7 créditos).

FAM*0598: "Preparación y corte térmico bajo soporte informático CNC" (40 horas = 4 créditos).

FAM*0698: "Selección, montaje, desmontaje, lubricación y monitoreo de los rodamientos" (40 horas = 4 créditos).

FAM*0798: "Gestión y procesos asistidos por ordenador" (40 horas = 4 créditos).

FAM*0898: "Salud laboral" (70 horas = 7 créditos).

FAM*0998: "CIM: célula de la fabricación flexible" (40 horas = 4 créditos).

FAM*1098: "Automatización de la fabricación: Fundamentos" (70 horas = 7 créditos).

FAM*1198: "Robótica práctica" (40 horas = 4 créditos).

1.11 FOL. Formación y orientación laboral: 3 cursos.

FOL*0198: "Relaciones en el entorno de trabajo" (31 horas = 3 créditos).

FOL*0298: "Gestión empresarial: Marketing, finanzas y metodología de elaboración de un proyecto empresarial" (101 horas = 10 créditos).

FOL*0398: "Internet como herramienta en el mundo de la educación" (30 horas = 3 créditos).

1.12 HOT. Hostelería y turismo: 7 cursos.

HOT*0198: "Turismo rural" (70 horas = 7 créditos).

HOT*0298: "Inglés para los ciclos formativos de turismo" (31 horas = 3 créditos).

HOT*0398: "Vinos de montilla-moriles. Aceites" (40 horas = 4 créditos).

HOT*0498: "Escaparatismo" (35 horas = 3,5 créditos).

HOT*0598: "Cafés e infusiones" (35 horas = 3,5 créditos).

HOT*0698: "Quesos y cervezas" (35 horas = 3,5 créditos).

HOT*0798: "Montaje de buffets. Presentación y racionado de carnes, pescados y crustáceos" (35 horas = 3,5 créditos).

1.13 IMP. Imagen personal: 4 cursos.

IMP*0198: "Diagnóstico y protocolo de procesos en estética integral" (35 horas = 3,5 créditos).

IMP*0298: "Técnicas electroestéticas y de masaje y drenaje" (70 horas = 7 créditos).

IMP*0398: "Dirección técnico-artística" (35 horas = 3,5 créditos).

IMP*0498: "Extensiones y peluquería de caballeros". (75 horas = 7,5 créditos).

1.14 INA. Industrias alimentarias: 5 cursos.

INA*0198: "Gestión de calidad" (40 horas = 4 créditos).

INA*0298: "Módulo de protección ambiental" (40 horas = 4 créditos).

INA*0398: "Módulo de microbiología y química alimentaria" (40 horas = 4 créditos).

INA*0498: "Módulo de envasado y embalaje" (40 horas = 4 créditos).

INA*0598: "Sistemas automáticos de producción en la industria alimentaria" (40 horas = 4 créditos).

1.15 INF. Informática: 12 cursos.

INF*0198: "Sistemas de gestión de bases de datos oracle" (120 horas = 12 créditos).

INF*0298: "Sistemas de gestión de bases de datos oracle" (120 horas = 12 créditos).

INF*0398: "Red novell" (90 horas = 9 créditos).

INF*0498: "Red novell" (90 horas = 9 créditos).

INF*0598: "Lenguajes C, C++ y programación orientada a objetos" (120 horas = 12 créditos).

INF*0698: "Lenguaje C++ e interfaces gráficas de usuario" (130 horas = 13 créditos).

INF*0798: "Desarrollo de funciones en el sistema informático" (120 horas = 12 créditos).

INF*0898: "Sistemas multiusuario y redes Unix" (75 horas = 7,5 créditos).

INF*0998: "Sistemas operativos y redes en Windows NT" (75 horas = 7,5 créditos).

INF*1098: "Presentación gráfica en entorno Visual Basic" (75 horas = 7,5 créditos).

INF*1198: "Intranet y desarrollo con java" (75 horas = 7,5 créditos).

INF*1298: "Aplicaciones informáticas para la gestión empresarial" (101 horas = 10 créditos).

1.16 MAM. Madera y mueble: 2 cursos.

MAM*0198: "Estética, ergonomía y diseño del mueble" (60 horas = 6 créditos).

MAM*0298: "Mecanizado de la madera por CAD-CAM y acabados del mueble y carpintería" (70 horas = 7 créditos).

1.17 MVA. Mantenimiento de vehículos autopropulsados: 12 cursos.

MVA*0198: "Carrocería y control de estructuras" (35 horas = 3,5 créditos).

MVA*0298: "Gestión informática del taller de automoción y mantenimiento de flotas" (35 horas = 3,5 créditos).

MVA*0398: "Carrocería y pintura" (190 horas = 19 créditos).

MVA*0498: "Carrocería y pintura" (140 horas = 14 créditos).

MVA*0598: "Análisis y valoración de daños en el automóvil" (70 horas = 7 créditos).

MVA

0698: "Avanzado de carrocería" (135 horas = 13,5 créditos)

MVA*0798: "Hidráulica y neumática general, frenos neumáticos y suspensión en vehículos industriales y sistemas hidráulicos en maquinaria de obras públicas" (140 horas = 14 créditos).

MVA*0898: "Inyección de gasolina y diesel" (140 horas = 14 créditos).

MVA*0998: "Motores y sistemas auxiliares" (130 horas = 13 créditos).

MVA*1098: "Car-Audio, aire acondicionado y climatización" (105 horas = 10,5 créditos).

MVA*1198: "Técnicas de diagnosis en sistemas de automoción" (120 horas = 12 créditos).

MVA*1298: "Aviónica y computadoras de aeronaves". (60 horas = 6 créditos).

1.18 MSP. Mantenimiento y servicios a la producción: 3 cursos.

MSP*0198: "Equipos de calor/climatización y frío industrial" (90 horas = 9 créditos).

MSP*0298: "Gestión del mantenimiento industrial asistida por ordenador" (35 horas = 3,5 créditos).

MSP*0398: "Gestión integral y nuevas técnicas de mantenimiento industrial" (70 horas = 7 créditos).

1.19 SAN. Sanidad: 14 cursos.

SAN*0198: "Dietoterapia" (70 horas = 7 créditos).

SAN*0298: "Educación sanitaria" (75 horas = 7,5 créditos).

SAN*0398: "Técnicas de análisis bioquímico" (75 horas = 7,5 créditos).

SAN*0498: "Citotecnología de los líquidos orgánicos y de la punción aspiración con aguja fina" (35 horas = 3,5 créditos).

SAN*0598: "Administración y gestión en sanidad" (70 horas = 7 créditos).

SAN*0698: "Actualización en salud ambiental" (35 horas = 3,5 créditos).

SAN*0798: "Básico de documentación sanitaria" (80 horas = 8 créditos).

SAN*0898: "Actualización en documentación sanitaria" (35 horas = 3,5 créditos).

SAN*0998: "Actualización en microbiología" (35 horas = 3,5 créditos).

SAN*1098: "Control alimentario y microbiología de los alimentos" (75 horas = 7,5 créditos).

SAN*1198: "Fotografía y otras técnicas de reproducción de imágenes en anatomía patológica" (40 horas = 4 créditos).

SAN*1298: "Técnicas de ayuda en odontología" (40 horas = 4 créditos).

SAN*1398: "Técnicas de cuidados auxiliares de enfermería" (70 horas = 7 créditos).

SAN*1498: "Técnicas de farmacia" (70 horas = 7 créditos).

1.20 SSC. Servicios socioculturales y a la comunidad: 1 curso.

SSC*0198: "Intervención en animación socio-cultural e integración social" (70 horas = 7 créditos).

1.21 TCP. Textil, confección y piel: 1 curso.

TCP*0198: "Técnicas de patronaje asistido por ordenador. Patronaje y fabricación de artículos de marroquinería" (105 horas = 10,5 créditos).

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