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Documento BOE-A-1998-11276

Resolución de 28 de abril de 1998, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convocan seis becas para la formación de Licenciados en Derecho especialistas en propiedad industrial, de Ingenieros industriales especialistas en el área de patentes mecánicas y de Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 1998, páginas 16005 a 16010 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-11276

TEXTO ORIGINAL

Prosiguiendo la política de formación iniciada por la Oficina Española de Patentes y Marcas en el año 1984 y continuada en años posteriores, se considera conveniente proceder a una nueva convocatoria de seis becas dirigidas a formar Licenciados en Derecho especialistas en propiedad industrial, Ingenieros Industriales especialistas en el área de patentes e Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros Industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones.

La necesidad de la formación en Derecho de propiedad industrial se justifica por las importantes actividades jurídicas que desarrolla la Oficina Española de Patentes y Marcas, razón por la cual tres de las becas de la presente convocatoria van dirigidas a Licenciados en Derecho interesados en la propiedad industrial, que desarrollarán sus actividades de formación en las dependencias de la Oficina Española de Patentes y Marcas y muy especialmente en relación con actividades prácticas, relativas a la forma y modos de protección de la propiedad industrial, tanto en Derecho nacional como internacional.

La formación de Ingenieros industriales especialistas en el área de patentes mecánicas resulta necesaria para la aplicación del sistema de concesión de patentes con informe sobre el estado de la técnica, que implanta la Ley de Patentes y que en la actualidad es plenamente operativo. Además, la adhesión de España a determinados convenios internacionales sobre la materia, especialmente el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), ha abierto nuevas perspectivas para nuestro país. Así, la Oficina Española de Patentes y Marcas fue designada, el 22 de septiembre de 1993, Administración Encargada de la Búsqueda Internacional, para lo cual se requiere el cumplimiento de determinadas condiciones que se especifican en la regla 36 del Reglamento PCT. Entre estas condiciones figura la de contar con personas capacitadas para proceder a la búsqueda en los sectores técnicos adecuados, que posean unos conocimientos lingüísticos determinados.

Asimismo, la Oficina Española de Patentes y Marcas posee un complejo entramado informático, destacando la existencia de varias bases de control de situación de expedientes, de acceso al examen de las diferentes modalidades de protección de la propiedad industrial, así como de relación con organismos internacionales. Su conocimiento práctico, así como la incorporación a la actividad de la unidad responsable de la gestión, se considera de alto interés para los becarios que resulten adjudicatarios y que ostenten la condición de Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y comunicaciones.

La finalidad perseguida por esta convocatoria se encuadra dentro de la función de promover iniciativas y desarrollar actividades conducentes al mejor conocimiento de la propiedad industrial, tanto en el orden nacional como internacional, tarea encomendada a la Oficina Española de Patentes y Marcas por la Ley 17/1975, de 2 de mayo. Todo lo expuesto justifica que la inversión en este campo sea considerada de interés público.

Por todo ello, esta Dirección ha dispuesto convocar tres becas para Licenciados en Derecho, especialistas en propiedad industrial; una para Ingenieros industriales, especialistas en el área de patentes mecánicas, y dos para Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones, de acuerdo con las normas que se contienen en el anexo de esta Resolución.

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 28 de abril de 1998.-El Director, Carlos González-Bueno Catalán de Ocón.

Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales. ANEXO

Normas de la convocatoria de becas en la Oficina Española de Patentes y Marcas para la formación de Licenciados en Derecho especialistas en propiedad industrial, Ingenieros industriales especialistas en el área de patentes mecánicas e Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones

I. Objeto de la convocatoria

1. La presente convocatoria tiene por objeto cubrir seis becas para Licenciados en Derecho, Ingenieros industriales, especialidad mecánica, e Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se distribuirán del siguiente modo:

a) Tres becas para Licenciados en Derecho.

b) Una beca para Ingenieros industriales, especialidad mecánica.

c) Dos becas para Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones.

2. Se proporcionará a los becarios Licenciados en Derecho una formación específica en las siguientes materias y actividades:

a) Propiedad industrial. A tal fin, los becarios recibirán un curso organizado por la Oficina Española de Patentes y Marcas sobre propiedad industrial. Para continuar disfrutando de la beca será necesario superar la prueba que se celebrará a la finalización del curso.

b) Actividades prácticas. Durante el período de duración de las becas, los becarios realizarán diversas actividades prácticas en las dependencias de la Oficina Española de Patentes y Marcas, para lo que recibirán formación sobre propiedad industrial en general, así como sobre las particularidades de los procedimientos de concesión, mantenimiento y modificación de los derechos de propiedad industrial.

3. Se proporcionará al becario Ingeniero industrial, especialidad mecánica, una formación específica en las siguientes materias y actividades:

a) Derecho de patentes. A tal fin, el becario recibirá un curso organizado por la Oficina Española de Patentes y Marcas sobre Derecho europeo y español de patentes. Para continuar disfrutando de la beca, será necesario superar la prueba que se celebrará a la finalización del curso.

b) Actividades prácticas. Durante el período de duración de la beca, el becario realizará diversas actividades prácticas en la sede de la Oficina. El becario recibirá formación sobre documentación de patentes, búsqueda y realización de informes sobre el estado de la técnica y elaboración de resúmenes de patentes, especialidad mecánica.

4. Se proporcionará la siguiente formación a los becarios Ingenieros de Telecomunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y de las comunicaciones:

a) Derecho de patentes. A tal fin, los becarios recibirán un curso organizado por la Oficina Española de Patentes y Marcas sobre Derecho europeo y español de patentes. Para continuar disfrutando de la beca será necesario superar la prueba que se celebrará a la finalización del curso.

b) Actividades prácticas. Durante el período de duración de la beca, realizarán actividades prácticas diversas en las dependencias de informática de la Oficina Española de Patentes y Marcas sobre programación de aplicaciones, explotación, sistemas y comunicaciones.

II. Requisitos

1. Los aspirantes deberán reunir las condiciones siguientes:

a) Ser español.

b) Poseer las condiciones académicas (titulación y especialidad) indicadas en el punto 1 de la base I, exigidas para cada una de las becas.

c) Amplios conocimientos de uno o varios de los siguientes idiomas: Inglés, francés o alemán.

d) Estar liberados de las obligaciones del servicio militar o de los servicios propios de la prestación social sustitutoria durante el tiempo de la beca.

Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente.

2. No podrán optar a las becas objeto de esta convocatoria quienes hayan disfrutado durante tres años de las becas adjudicadas en convocatorias anteriores.

III. Formalización de la solicitud

1. Las solicitudes, que se formalizarán en instancia de acuerdo con el modelo normalizado que se une a las presentes bases, deberán presentarse dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

2. Las solicitudes se dirigirán al Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas y deberán presentarse directamente en la sede de este organismo, sita en la calle Panamá, 1, 28036 Madrid, o remitirse a dicha Oficina por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

IV. Documentación

1. En la instancia de solicitud se especificará la beca a la que se opta. En la misma figurarán los datos personales y académicos, adjuntándose copia del documento nacional de identidad debidamente cotejado y copia del título académico exigido.

2. La acreditación del conocimiento de idiomas, igualmente, se llevará a cabo documentalmente mediante copia debidamente cotejada de los títulos académicos que se presenten.

3. Conjuntamente con la solicitud, los aspirantes deberán acompañar certificación académica original, o una fotocopia de la misma debidamente cotejada, en la que consten las calificaciones obtenidas en cada asignatura durante la licenciatura.

4. En su caso, se acompañará currículum vitae, en el que se mencionarán los siguientes datos:

La realización y calificación del examen de grado o tesina.

La realización y calificación del curso de doctorado.

La títulación de Doctor.

La experiencia profesional.

Las publicaciones efectuadas a título individual o como colaborador.

Los cursos realizados tanto en España como en el extranjero en materia de propiedad industrial.

Las becas obtenidas y demás méritos que se consideren oportunos.

Todos los datos del currículum vitae deberán ser probados documentalmente mediante los certificados correspondientes, que se entregarán junto con el currículum vitae.

V. Selección

1. Serán criterios fundamentales de selección los siguientes:

a) Expediente académico.

b) Conocimiento de los idiomas señalados en el punto 1, apartado c), de la base II.

c) Haber superado ejercicios en pruebas selectivas para cuerpo o escalas del grupo A en la Administración pública.

d) Publicaciones en propiedad industrial.

e) Haber superado ejercicios en las pruebas de aptitud para acceso a la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial.

2. El Tribunal, en los casos en que lo estime conveniente, podrá concertar una entrevista personal con los aspirantes.

VI. Tribunal seleccionador

1. Los Tribunales seleccionadores estarán integrados por los siguientes miembros:

A) Becas para Licenciados en Derecho:

Presidente: El Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.

Vocales: La Jefe de la Unidad de Recursos, el Jefe de Área y el Consejero técnico del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales, uno de los cuales será nombrado Secretario por el Presidente del Tribunal.

B) Beca para Ingeniero industrial, especialidad mecánica:

Presidente: El Director del Departamento de Patentes e Información Tecnológica.

Vocales: El Consejero técnico, el Jefe del Área de Examen de Patentes Mecánicas, Físicas y Eléctricas y el Jefe del Área de Examen de Modelos y Semiconductores, del Departamento de Patentes e Información Tecnológica, uno de los cuales será nombrado Secretario por el Presidente del Tribunal.

c) Becas para Ingenieros de comunicaciones, Ingenieros industriales o Licenciados en Ciencias Físicas o Ciencias Exactas, con especialidades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones:

Presidente: El Secretario general.

Vocales: El Jefe de la Dependencia de Informática, el Jefe de Área de Informática y el Jefe de Sección de Sistemas Informáticos, uno de los cuales será nombrado Secretario por el Presidente del Tribunal.

2. Los Tribunales se regirán por lo establecido en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, adoptando sus acuerdos por mayoría de votos; su Presidente tendrá voto de calidad.

3. Los Tribunales deberán concluir el período de selección dentro de los dos meses siguientes a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de solicitudes.

4. Los Tribunales que actúen en estas pruebas percibirán, en su caso, las asistencias para la realización de actividades de esta naturaleza previstas en la normativa vigente.

VII. Adjudicación de las becas

1. Los Tribunales elevarán su propuesta de selección al Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas, que adoptará la resolución de adjudicación de las becas.

2. La Oficina Española de Patentes y Marcas comunicará a los candidatos el fallo resultante mediante anuncio de su resolución en el tablón de anuncios del organismo, estableciendo listas separadas para cada especialidad de los candidatos seleccionados, así como de los suplentes en cada especialidad, para el caso de revocación, no prórroga o renuncia expresa o tácita de los primeros. En el supuesto de que alguno de los aspirantes seleccionados renunciase a la adjudicación de la beca, no cumpliese o no demostrase que cumple los requisitos de la convocatoria, la beca será adjudicada según la especialidad a los otros solicitantes, por riguroso orden de selección.

3. La Oficina Española de Patentes y Marcas notificará a los candidatos seleccionados la adjudicación de la beca, debiendo éstos comunicar por escrito a la Oficina, en el plazo que en la notificación se le señale al efecto, la aceptación de la beca que le ha sido adjudicada. En la citada notificación se comunicará la fecha en que comenzarán las actividades.

VIII. Dotaciones

1. La beca tendrá una dotación mensual de 120.000 pesetas.

2. La Oficina Española de Patentes y Marcas concederá en beneficio de los becarios una póliza colectiva de asistencia sanitaria y accidentes corporales.

3. Se podrá abonar otro tipo de ayudas complementarias en la cuantía que se juzgue pertinente, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, para desplazamientos, inscripción y asistencias a cursos, simposios, etc., que se consideraran necesarios o convenientes a los propósitos de formación del becario.

IX. Duración de las becas

1. Las becas tendrán una duración de doce meses, pudiendo prorrogarse expresamente hasta un máximo de dos períodos idénticos adicionales, previo informe favorable del responsable de cada becario en función de su rendimiento personal y de las disponibilidades presupuestarias. En ningún caso la duración total de las becas que cada adjudicatario puede disfrutar excederá de tres años.

2. Las becas adjudicadas podrán ser revocadas libremente por el Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas en el supuesto de que la dedicación y rendimiento del becario no alcancen un nivel satisfactorio.

X. Carácter de las becas

1. La concesión de las becas no establecerá relación laboral alguna con la Administración pública, que no asumirá ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de los becarios a su plantilla.

2. La Oficina Española de Patentes y Marcas designará un responsable de formación de cada becario que le asignará sus cometidos concretos en cuanto a horario, régimen y disciplina de trabajo, etc. El becario estará obligado a presentar al responsable de su formación cada tres meses una memoria de los trabajos realizados. Además, el responsable de cada becario informará periódicamente al Director del organismo sobre la dedicación y rendimiento del becario que está bajo su responsabilidad. Si el becario no cumpliese satisfactoriamente con sus obligaciones, el responsable del becario propondrá por informe motivado al Director del organismo la revocación de la beca concedida.

3. Las becas se considerarán indivisibles y se concederán individualmente a personas físicas. Su disfrute no podrá simultanearse con cualquier otra beca o ayuda financiera con fondos públicos, ni con sueldos o salarios que tipo de actividad remunerada.

Esto, no obstante, podrá autorizarse el desempeño de aquellas actividades que, aun siendo remuneradas, no resulten incompatibles con la finalidad de la beca o con el horario asignado al becario en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

La autorización habrá de concederse expresamente en cada caso por el Director del organismo previa solicitud escrita y motivada del interesado, a la que se acompañará la documentación justificativa que proceda.

Modelo de solicitud de beca para la formación de especialistas en propiedad industrial y en el área de patentes

Ilmo. Sr.:

Nombre

Apellidos

Domicilio

DNI / Teléfono / ( )

Titulación académica

Beca que se solicita

(Especialidad)

Idiomas:

Inglés /

Francés /

Alemán /

Documentación que deberá acompañarse a la instancia:

a) Cumplimentación del anexo.

b) Copia del documento nacional de identidad.

c) Copia del título académico.

d) Certificación académica con calificaciones en cada asignatura.

e) Acreditación del conocimiento del idioma o idiomas.

f) Currículum vitae.

g) Otros méritos.

a de de 1998.

(Firma)

ILMO SR. DIRECTOR DE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS.

ANEXO

Datos a cumplimentar por los solicitantes

1. Expediente académico

a) Nota media en la titulación exigida:

b) Otros títulos universitarios:

c) Títulos de Doctor:

2. Idiomas

a) Títulos o diplomas exigidos:

3. Curso de posgrado

a) Seminarios, cursos y másters en propiedad industrial:

b) Otros cursos y másters:

4. Pruebas selectivas superadas para Cuerpos y Escalas del grupo A en la Administración Pública:

5. Publicaciones en materia de propiedad industrial:

6. Ejercicios superados en las pruebas de aptitud para API:

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