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En el recurso contencioso-administrativo número 2.908/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Société des Produits Nestlé, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de mayo de 1993 y 14 de abril de 1994, se ha dictado, con fecha 18 de abril de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Codes Feijoo, en nombre y representación de 1919Société des Produits Nestlé, Sociedad Anónima'', contra acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de mayo de 1993, confirmada en recurso de reposición por el mismo organismo en 14 de abril de 1994, en cuanto se acordó el amparo registral de la marca número 553.152, 1919Eduscho Bonjour''; lo que confirmamos en su totalidad al estimarla acorde a Derecho; sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de abril de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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