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De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Primer Protocolo para la ejecución del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Economía del Principado de Asturias, la Mancomunidad de Concejos de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga, y los Ayuntamientos de los Concejos antedichos, para el desarrollo de un Programa de Dinamización Turística en el Valle del Trubia.
Madrid, 24 de abril de 1998.- El Director general, Carlos Díaz Ruiz.
PRIMER PROTOCOLO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, LA MANCOMUNIDAD DE CONCEJOS DE PROAZA, QUIRÓS, SANTO ADRIANO Y TEVERGA, Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS CONCEJOS ANTEDICHOS, PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN TURÍSTICA EN EL VALLE DEL TRUBIA
En la ciudad de Madrid, a 29 de diciembre de 1997.
REUNIDOS
De una parte: El excelentísimo señor don Rodrigo de Rato y Figaredo, Vicepresidente Segundo del Gobierno, en su calidad de Ministro de Economía y Hacienda, nombrado por Real Decreto 762/1995, de 5 de mayo, en el ejercicio de las competencias conferidas por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, por el que se delega la competencia para la celebración de convenios con las comunidades autónomas.
De otra: El excelentísimo señor don José Antonio González García-Portillo, Consejero de Economía del Principado de Asturias, nombrado por Decreto 3/1996, de 17 de julio.
De otra: El ilustrísimo señor don José Ramón Menéndez Suárez, Presidente de la Mancomunidad de Concejos de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga, y Alcalde-Presidente del Concejo de San Adriano, por acuerdo del Pleno Municipal, de fecha 19 de diciembre.
De otra: El ilustrísimo señor don Juan Alberto López Suárez, Alcalde-Presidente del Concejo de Proaza, por acuerdo del Pleno Municipal, de fecha de 17 de junio de 1995.
De otra: El ilustrísimo señor don Agustín Farpón Alonso, Alcalde-Presidente del Concejo de Quirós, por acuerdo del Pleno Municipal, de fecha 25 de noviembre de 1995.
De otra: El ilustrísimo señor don José Ramón Álvarez Argüelles, Alcalde-Presidente del Concejo de Teverga, por acuerdo del Pleno Municipal, de fecha 17 de junio de 1995.
Todos reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente protocolo de desarrollo del Convenio Marco de Colaboración, suscrito entre las partes el 29 de diciembre de 1997, y, a tal efecto,
EXPONEN
Que la cláusula séptima del Convenio de Colaboración para el desarrollo de un Plan de Dinamización Turística en el Valle del Trubia preveía que, en protocolos adicionales al Convenio, se determinarían, entre otras, las siguientes cuestiones:
Las actuaciones a realizar.
Los términos en que se realizarán las aportaciones económicas de cada una de las Administraciones Públicas.
Cualquier otra cuestión conveniente para un mejor desarrollo del Plan de Dinamización Turística y del Convenio.
Que consideran conveniente proceder al desarrollo del Plan de Dinamización Turística en el Valle del Trubia y que, para ello,
ACUERDAN
Primero.-Desarrollar el Plan de Dinamización Turística en el Valle del Trubia mediante la ejecución de las actuaciones que, junto con su coste estimado, se relacionan:
Coste
-
Pesetas / Proyecto
1.o / Gestión del Plan de Dinamización / 7.000.000
2.o / Sensibilización y formación empresarial / 6.000.000
3.o / Creación de infraestructura básica:
A) Apoyo al empresariado en proyectos de alojamiento y restauración / 6.000.000
B) Creación de oferta de restauración en:
- Área de Bullera (Santo Adriano) / 5.000.000
- Área de Entrago (Teverga) / 12.000.000
4.o / Dotación de infraestructuras complementarias:
A) Diseño y ejecución del plan integral de señalización / 13.000.000
B) Rehabilitación y puesta en valor de elementos culturales / 10.000.000
C) Infraestructura deportiva en Valdemurio o La Fábrica (Quirós) / 14.000.000
D) Picaderos de caballos (3) / 9.000.000
5.o / Promoción / 3.000.000
Total / 85.000.000
Segundo.-De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del Convenio, la financiación del importe global de las actuaciones se distribuirá, conforme al siguiente cuadro:
Pesetas
Ministerio de Economía y Hacienda / 30.000.000
Consejería de Economía (Principado de Asturias) / 30.000.000
Mancomunidad de Concejos de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga / 25.000.000
Total / 85.000.000
Las aportaciones del Ministerio de Economía y Hacienda y de la Consejería de Economía se abonarán a la Mancomunidad de Concejos de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga, para que, de acuerdo con la cláusula sexta del Convenio de Colaboración, pueda proceder a la ejecución de los proyectos.
Tercero.-El 50 por 100 de la aportación prevista del Ministerio de Economía y Hacienda será abonada tras la firma del presente protocolo, con cargo al concepto presupuestario 1524.751A.765 de la Dirección General de Turismo del ejercicio presupuestario 1997 y el resto, con cargo al mismo concepto presupuestario del ejercicio económico de 1998, conforme al cuadro de distribución de anualidades especificado en la cláusula tercera del Convenio Marco de Colaboración de referencia.
Cuarto.-La aportación de la Consejería de Economía del Principado de Asturias, se abonará con cargo a las partidas presupuestarias 12.06.751A-761.03, tras la justificación documental de los gastos realizados o de forma anticipada previa presentación de garantía suficiente, según se establece en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
Quinto.-La aportación de la Mancomunidad de Municipios de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga, de veinticinco millones de pesetas, se efectuará con cargo a sus presupuestos, aplicación presupuestaria 316.160.00, 752.131.00, 752.220.00, 752.220.06, 752.226.02, 752.227.06, 752.470.00, 752.611.00, 752.622.00, 752.622.01, 752.622.02, 752.622.03, 752.622.04, 752.640.00.
Sexto.-La ejecución de los proyectos corresponderá a la Mancomunidad de Municipios de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga. Los contratos que, para ello, tenga que realizar se regirán plenamente por lo previsto en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.
Séptimo.-El plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones recogidas en el acuerdo 1.o será de un año, a partir de la fecha de la firma del protocolo. Podrá ser ampliado por las Administraciones firmantes, previa petición, en tal sentido, de la Comisión de Seguimiento, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje.
En prueba de conformidad, se firma el presente protocolo, en lugar y fecha al principio indicados, por septuplicado ejemplar.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Rodrigo de Rato y Figaredo.-El Consejero de Economía del Principado de Asturias, José Antonio González García-Portillo.-El Presidente de la Mancomunidad de Concejos de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga y Alcalde-Presidente del Concejo de San Adriano, José Ramón Menéndez Suárez.-El Alcalde-Presidente del Concejo de Proaza, Juan Alberto López Suárez.-El Alcalde-Presidente del Concejo de Quirós, Agustín Farpón Alonso.-El Alcalde-Presidente del Concejo de Teverga, José Ramón Álvarez Argüelles.
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