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Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/1.185/1995, interpuesto por don Andrés Medrano Rioja, contra Resolución del Director general de Administración Penitenciaria, dictada por delegación de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, de fecha 28 de abril de 1995, por la que se le impuso al recurrente la sanción de siete días de suspensión de funciones como autor de una falta grave, y otros siete como autor de otra falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado Sentencia, de 10 de febrero de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Primero.-Desestimar el presente recurso 1.185/1995, interpuesto por don Andrés Medrano Rioja, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 28 de abril de 1995, que se confirma por ser conforme a derecho.
Segundo.-No hacer una expresa imposición de costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada Sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de abril de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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