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La entidad Citrisol, Sociedad Cooperativa, de Murcia, cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, ha solicitado el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997;
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas, para la categoría V (cítricos), a Citrisol, Sociedad Cooperativa, de Murcia, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a Citrisol, Sociedad Cooperativa, de Murcia, en la categoría V (cítricos), asignándole el número registral 678.
Madrid, 29 de abril de 1998.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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