En el recurso contencioso-administrativo número 1/2.755/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional por la representación procesal de don Ángel Moreno Oliva, contra la Orden del anterior Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de fecha 3 de julio de 1995, relativa a legalización de obras en el término municipal de Santanyi (Baleares); en fecha 19 de septiembre de 1997, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
"Fallamos: Que con estimación parcial del recurso interpuesto por la Procuradora doña Carmen Olmos Gilsanz, debemos anular y anulamos, por parcialmente contraria a Derecho, la Orden recurrida, reconociendo el derecho que asiste al recurrente a la legalización exclusivamente de la obra de escalera, sin terraza solárium; todo ello sin costas."
Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 13 de mayo de 1998.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Costas.
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