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Documento BOE-A-1998-14372

Orden de 25 de mayo de 1998 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de sentencia de la Audiencia Nacional, de fecha 7 de noviembre de 1996, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 1/2.014/1994, interpuesto por comunidad de propietarios del edificio «Costa Pinosmar».

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 1998, páginas 20190 a 20190 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-14372

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/2.014/1994, interpuesto ante la Audiencia Nacional por la representación procesal de la comunidad de propietarios del edificio "Costa Pinosmar", contra la Orden del antiguo Ministerio de Obras Públicas y Transportes de 4 de mayo de 1993 relativa a denegación de concesión para legalizar la ocupación de terrenos de dominio público marítimo terrestre, en el término municipal de Salou (Tarragona), en fecha 7 de noviembre de 1996, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

"Fallamos: Que con rechazo de la causa de inadmisibilidad formulada por el Abogado del Estado, debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por la representación procesal de la recurrente, comunidad de propietarios del edificio "Costa Pinosmar", declarando ser conforme a Derecho la Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transportes dictada el 4 de mayo de 1993, que se confirma en todas sus partes. En relación a las costas de esta litis, y por lo ya expuesto, cada parte satisfará el total de las causadas a su beneficio, y las que lo sean comunes, por mitad."

Asimismo y en el recurso de casación número 3.073/1997 preparado ante el Tribunal Supremo por la representación de la comunidad de propietarios del edificio "Costa Pinosmar", por la Sala Tercera (Sección Primera), ha sido dictado en fecha 1 de septiembre de 1997 Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"La Sala acuerda: Declarar desierto el recurso de casación preparado por la comunidad de propietarios del edificio "Costa Pinosmar", contra Resolución dictada por la Audiencia Nacional de la Sección Primera de lo Contencioso-Administrativo en los autos número 2.014/1994, con devolución a la misma de las actuaciones recibidas; no se hace expresa imposición de costas."

Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumplan, en sus propios términos, los referidos Sentencia y Auto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 25 de mayo de 1998.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Ilmo. Sr. Director general de Costas.

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