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Con fecha 24 de enero de 1997, el Consejo de Ministros dictó Acuerdo
resolviendo el expediente de referencia IE/ST-1/96, incoado por Acuerdo
de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 12 de abril de 1996,
a la sociedad de tasación "Alcen, Sociedad Anónima"yasuPresidente,
don Pedro María Cendoya Martínez y, siendo firme, procede, de
conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín
Oficial del Estado" del 30), de Disciplina e Intervención de las Entidades
de Crédito, dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" de las siguientes
sanciones por infracciones muy graves, impuestas en dicho Acuerdo, que
dispuso:
"Segundo.-Imponer a ``Alcen, Sociedad Anónima'' la sanción de pérdida
definitiva de la homologación para prestar servicios de tasación, prevista
en el apartado 3.a) de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994,
de 14 de abril, de Adaptación a la Legislación Española en Materia de
Entidades de Crédito, en relación con la Ley 26/1988, de 29 de julio, de
Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión
de la infracción consistente en obstruir la labor inspectora del Banco de
España, mediando requerimiento expreso y escrito al respecto, infracción
tipificada como muy grave en el apartado 2.a). cuarto de dicha disposición
adicional.
Tercero.-Imponer a su Presidente don Pedro María Cendoya Martínez
la sanción de separación del cargo con inhabilitación para ejercer cargos
de administración o dirección, tanto en sociedades de tasación como en
entidades de crédito, por plano de cinco años, prevista en el
apartado 3 de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril,
de Adaptación de la Legislación Española en Materia de Entidades de
Crédito, en relación con el artículo 12 de la Ley 26/1988, de 29 de julio,
por su responsabilidad en la comisión de infracción consistente en obstruir
la labor inspectora del Banco de España, mediando requerimiento expreso
y escrito al respecto, infracción tipificada como muy grave en el
apartado 2.a).cuarto de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994".
Madrid, 8 de junio de 1998.-El Secretario general, Joaquín Fanjul de
Alcocer.
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