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Documento BOE-A-1998-15619

Resolución de 3 de junio de 1998, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 1998, páginas 21931 a 21934 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-15619

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo que dispone el artículo 2.4 del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, que regula los concursos

para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que

se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

Bases de la convocatoria

Primera. Normasgenerales. Dichos concursos se regirán por

lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín

Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre);

Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del

Estado" de 11 de julio), y, en lo no previsto, por la legislación general

de funcionarios civiles del Estado, y se tramitarán

independientemente para cada uno de los perfiles que se convocan, aun dentro

del mismo área de conocimiento.

Segunda. Requisitosgenerales. Para ser admitido a los

citados concursos, se requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en

el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los

setenta años de edad.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autonómica, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para

el ejercicio de funciones públicas.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercera. Requisitosespecíficos. Profesores titulares de

Universidad: Estar en posesión del título de Doctor.

Las condiciones académicas de titulación enumeradas en el

apartado anterior expedidas en otros Estados miembros de la

Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro,

deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del

Ministerio de Educación y Cultura de reconocimiento del título expedido

en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado

noveno de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 23 de

enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).

En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas

se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la

correspondiente homologación en España, que se acreditará

mediante credencial expedida por la Subdirección General de

Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.

No podrán optar a las plazas que se convocan y que aparecen

relacionadas en el anexo I de esta convocatoria, los Profesores

de la Universidad de Oviedo que, encontrándose en situación de

"servicio activo" en la misma, ocupen otra plaza del mismo Cuerpo

y área de conocimiento que la plaza convocada.

Cuarta.Solicitudes. Quienes deseen tomar parte en el

concurso remitirán la/s correspondiente/s solicitud/es al Rector de

la Universidad de Oviedo, por cualquiera de los procedimientos

establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de

la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado" (artículo 2.4 del Real Decreto 1888/1984 de 26 de

septiembre), mediante instancia/s según anexo II, debidamente

cumplimentada/s por cada uno de los perfiles que se convocan, aun

dentro del mismo área de conocimiento. Los aspirantes deberán

justificar la titulación requerida, mediante fotocopia compulsada

y el haber abonado los derechos correspondientes en la cuenta

corriente: "Pruebas selectivas. Caja de Asturias. Oficina principal,

número 20480000240510000099". (Profesores titulares de

Universidad: 3.000 pesetas.)

El domicilio que figure en las instancias se considera el único

válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva

del concursante, tanto los errores en la consignación del mismo,

como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.

Quinta. Admisión deaspirantes. Finalizado el plazo de

presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo,

por cualquiera de los procedimientos establecidos por la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes

relación/es completa/s de admitidos y excluidos, con indicación

de las causas de exclusión. Contra dicha resolución, aprobando

la/s lista/s de admitidos y excluidos, los interesados podrán

presentar reclamación ante el Rector en el plazo de quince días

hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación

de admitidos y excluidos.

Sexta. Desarrollo del concurso.

1. De la Comisión y de la citación al acto de presentación:

El Presidente de la Comisión, una vez publicada su composición

en el "Boletín Oficial del Estado", y dentro del plazo de cuatro

meses, procederá a convocar:

a) A todos los miembros titulares de la Comisión y, en su

caso, suplentes para proceder al acto de constitución de la misma,

para fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán para la

valoración equilibrada de las pruebas. En el acto de constitución

de la Comisión adoptará, además, todas las decisiones que le

correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

b) A todos los aspirantes admitidos, con una antelación

mínima de quince días naturales, para realizar el acto de presentación

de los concursantes, con señalamiento del día, hora y lugar de

celebración de dicho acto, que no podrá exceder de dos días

hábiles desde la constitución de la Comisión.

2. Del acto de presentación:

En el acto de presentación, que será público, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación

señalada en el apartado primero de los artículos9y10delReal

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, en su caso, según se trate

de concurso o concurso de méritos, atendidas las modificaciones

previstas en el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, teniendo

en cuenta que presentarán un sólo currículum vitae y tantos

proyectos y Memorias como perfiles a los que opte el interesado.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los opositores

que no comparezcan a realizarlo.

En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo,

el orden de actuación de los aspirantes y se fijará el lugar, fecha

y hora del comienzo de las pruebas y el orden por el que se va

a juzgar cada una de las plazas convocadas. Dichas pruebas

deberán comenzar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde

el siguiente al acto de presentación.

3. De las pruebas: Su regulación viene señalada en los

apartados2a7delartículo9yenlosapartados2a4delartículo 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, en

su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.

Séptima. De lapropuesta. La propuesta para la provisión

de plazas se realizará por el sistema de votación, en el plazo

máximo de treinta días a partir de la fecha de comienzo de las pruebas.

A estos efectos, la Comisión hará pública en el tablón de anuncios

del Rectorado el resultado de las pruebas, formulando su propuesta

y el voto de cada uno de sus miembros.

Para la formulación de la propuesta, la Comisión tendrá en

cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real

Decreto 1888/1984.

Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el

plazo de siete días siguientes al de finalización de sus actuaciones,

entregará a la Secretaría General de la Universidad el expediente

administrativo del concurso, que incluirá los documentos que se

citan en el artículo 12 del Real Decreto 1888/1984.

Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos podrán

presentar reclamación en el plazo máximo de quince días hábiles

desde su publicación, ante el Rector de la Universidad, excepto

en el supuesto de que no exista propuesta de provisión de plazas,

actuándose a continuación en los términos previstos en el

artículo 14 del Real Decreto 1888/1984.

Octava. Presentación de documentos y nombramientos. -Los

candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán

presentar en el Registro General de la Universidad, en el plazo

de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación

de la Comisión, por cualquiera de los medios establecidos en el

artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes

documentos:

a) Certificación de nacimiento, expedida por el Registro Civil

correspondiente o fotocopia del documento nacional de identidad

o copia del documento que lo acredite como nacional de un país

miembro de la Comunidad Europea.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección

Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia

de Sanidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionario, y

cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Los nombramientos propuestos por la Comisión serán

efectuados por el Rector de la Universidad de Oviedo.

En el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente

al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su

destino.

Novena. Norma final. -La presente convocatoria, sus bases

y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán

ser recurridos, sin perjuicio de lo dispuesto en la base quinta y

párrafo cuarto de la base séptima, en los casos y en la forma

establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Oviedo, 3 de junio de 1998.-El Rector, Julio Rodríguez

Fernández.

ANEXO I

Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad

1. Área de conocimiento: "Derecho Internacional Público y

Relaciones Internacionales". Departamento de Derecho Público.

Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Derecho y

legislación marítima. Clase de convocatoria: Concurso.

2. Área de conocimiento: "Ciencias y Técnicas de la

Navegación". Departamento de Construcción e Ingeniería de

Fabricación. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:

Navegación IV. Clase de convocatoria: Concurso.

3. Área de conocimiento: "Construcciones Navales".

Departamento de Energía. Número de plazas: Dos. Actividades a realizar

por quien obtenga la plaza: Plaza A, motores de combustión

interna I, y plaza B, máquinas de vapor II. Clase de convocatoria:

Concurso.

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