Visto el expediente de indulto de doña Rosa María Herreros Ruiz, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño, en sentencia de fecha
21 de mayo de 1993, como autora de un delito contra la salud pública,
a la pena de tres años de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas,
con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año
1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de junio de 1998,
Vengo en conmutar a doña Rosa María Herreros Ruiz la pena privativa
de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrida5dejunio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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