Visto el expediente de indulto de don Salvador Jerónimo Mondéjar
Hurtado, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia, en sentencia
de fecha 11 de diciembre de 1995, como autor de un delito de robo con
fuerza en las cosas, a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor,
con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año
1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de junio de 1998,
Vengo en indultar a don Salvador Jerónimo Mondéjar Hurtado, la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de junio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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